Defensoría del Pueblo supervisó intervención a funcionario de la Demuna de Chanchamayo por presunto delito de corrupción

Nota de prensa
Ciudadana acudió al Módulo Defensorial de La Merced a denunciar que funcionario le solicitó S/ 40 para agilizar su caso de demanda de alimentos
Foto de comisionado en Demuna

19 de octubre de 2022 - 2:21 p. m.

Nota de Prensa n.° 762/OCII/DP/2022

Tras recibir la denuncia de una ciudadana por el cobro indebido de 40 soles por parte de un funcionario de la Defensoría Municipal del Niño y del Adolescente (Demuna) de la Municipalidad Provincial de Chanchamayo, el Módulo Defensorial de La Merced coordinó con la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público para que se realice la intervención correspondiente y se inicien las investigaciones del caso.

Al respecto, el coordinador del módulo de la Defensoría del Pueblo en esta provincia, Gustavo Mendoza, explicó que el 12 de octubre recibieron la denuncia de la ciudadana afectada, a quien el funcionario le pidió el monto con la finalidad de agilizar el caso de una demanda de alimentos y realizar la notificación de liquidaciones.

De inmediato, solicitó la intervención del Departamento de Investigación Criminal (Dipincri) de Chanchamayo y representantes de la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios de la Selva Central, acudiendo todos a la Demuna, donde el mismo funcionario reconoció el cobro indebido.

Ante ello, se dispuso la detención inmediata del funcionario, quien será investigado y sancionado de acuerdo a ley, tras determinar su responsabilidad en este hecho.

La Defensoría del Pueblo hará seguimiento a este caso a fin de que no se vulneren los derechos de la ciudadanía más vulnerable. Asimismo, se recordó a la ciudadanía que de presentarse algún caso de cobro indebido este debe ser denunciado ante la Policía Nacional del Perú o el Ministerio Público, también puede solicitar orientación en el Módulo Defensorial de La Merced, a través del correo malamerced@defensoria.gob.pe, o al número celular 965979538.