Defensoría del Pueblo advierte que reglamento de ley que reconoce a las ollas comunes podría generar retrasos en atención alimentaria
Nota de prensaNorma enfatiza que responsabilidad de logística alimentaria recaiga principalmente en municipios, sin tomar en cuenta las próximas Elecciones Regionales y Municipales y el cambio de autoridades ediles

17 de junio de 2022 - 1:03 p. m.
La Defensoría del Pueblo instó al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) a realizar los ajustes necesarios al reglamento de la Ley n.° 31458, Ley que reconoce a las ollas comunes, con la finalidad de garantizar una adecuada y oportuna asistencia alimentaria a los miles de personas que dependen de ellas.
Al respecto, la institución evidenció que el reglamento no habría considerado el contexto de emergencia y urgente necesidad en la cual resurgen estas iniciativas comunitarias, pues se ha establecido que, para recibir el apoyo alimentario, las ollas comunes primero deberán constituirse en una organización social de base (OSB); es decir, contar con personería jurídica; luego, deben inscribirse, a través de la municipalidad, en un nuevo registro denominado Registro Único Nacional de Ollas Comunes (Runoc), apartándose del actual registro denominado Mankachay-Perú.
La preocupación de la institución responde a que este nuevo proceso de reconocimiento e inscripción de las ollas comunes podría significar una barrera que retrase la atención de sus urgentes demandas, en especial, la de carácter alimentario de las personas que dependen de estas iniciativas.
“Si bien saludamos que el reglamento de la ley se haya emitido dentro del plazo legal; no obstante, como se advirtió en una reunión sostenida con el Midis, era necesaria su prepublicación para recibir los aportes de diversos actores y sectores que permitan que dicho instrumento contribuya a brindar respuesta a las necesidades y demandas de las ollas comunes”, señaló Jonathan Granados, representante de la Defensoría del Pueblo.
Por otro lado, la institución señala que, a pesar del contexto electoral municipal y el consecuente proceso de transferencia de gestión a las nuevas autoridades electas, que suele generar retrasos en la atención de las necesidades de la población, se advierte que la norma hace énfasis en que la responsabilidad de adquirir los alimentos para las ollas comunes recaiga principalmente en los gobiernos locales. De esta manera, se relega la asistencia alimentaria que venía brindado el Midis a las ollas comunes, a través de Qali Warma, pues se incide en que esta solo se realizará de manera excepcional.
A consideración de la institución, estas variaciones generan un escenario incierto para las ollas comunes, cuya asistencia alimentaría ahora dependerá principalmente de las municipalidades y su criterio discrecional para realizar modificaciones presupuestarias, de acuerdo a su disponibilidad financiera. Por ello, es necesario que se realicen ajustes al reglamento de las ollas comunes, y, de esa manera, se constituya en un instrumento que contribuya a la pronta atención de las urgentes necesidades alimentarias de estas iniciativas comunitarias que han resurgido para afrontar el hambre de las personas más necesitadas.