Defensoría del Pueblo: Midis debe reevaluar designación de sus viceministros y acoger recomendaciones de OCI
Nota de prensa• Ninguno de los viceministros designados cuenta con experiencia específica para ocupar el cargo de acuerdo a Informe del OCI de la entidad.

3 de junio de 2022 - 1:05 p. m.
La Defensoría del Pueblo está realizando una supervisión al Poder Ejecutivo sobre el cumplimiento de la Ley n.° 31419, Ley que establece disposiciones para garantizar la idoneidad en el acceso y ejercicio de la función pública de funcionarias/os y directivas/os de libre designación y remoción, de cumplimiento obligatorio para todas las entidades de la administración pública. Esta ley concedió un plazo máximo de 30 días calendario, a partir de su entrada en vigencia, para que las/los viceministras/os y secretarias/os generales, entre otros se adecúen a los requisitos mínimos y los impedimentos para el acceso a la función pública, cumpliéndose dicho plazo el 17 de marzo.
En ese marco, la institución defensorial solicitó información sobre este tema tanto a las oficinas de recursos humanos como a las oficinas de control institucional de los 19 ministerios del Poder Ejecutivo, advirtiendo que la Oficina General de Recursos Humanos del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) ha apelado a cuestionables criterios de interpretación y valoración para acreditar la experiencia específica de parte de la viceministra de Políticas y Evaluación Social, María Tarazona Alvino, y el viceministro de Prestaciones Sociales, William Contreras Chávez.
En el caso de la señora Tarazona, contabilizaron su experiencia como viceministra en dicho sector como parte de los 5 años de experiencia específica, junto a su experiencia como subdirectora, directora encargada, jefa encargada del área académica, y editora y directora de sección de una empresa de nombre Magazine Wellas sin RUC vigente y dedicada a la edición de revistas y servicios de imprenta en Huánuco. En esta última empresa acredita la mayor parte de su experiencia para ocupar el cargo de viceministra de políticas y evaluación social.
En el caso del señor Contreras, contabilizaron de igual modo su experiencia como viceministro en dicho sector como parte de su experiencia específica. El resto de experiencia es como director de varias áreas del Colegio de Abogados de Lima, cuya naturaleza no se asemeja a las de dirección en una empresa o entidad del Estado, y como subjefe en un Programa de Asistencia Técnica, Capacitación y Estudio para los Gobiernos Locales en la Presidencia del Consejo de Ministros.
Cabe indicar que en la misma línea de la apreciación de la Defensoría del Pueblo, se ha pronunciado el Órgano de Control Institucional (OCI) de dicho sector, el mismo que, el 8 de abril de 2022, emitió el informe de orientación de Oficio n.° 001-2022-OCI/5788-SOO, señalando que ninguno de los dos viceministros cumplía la experiencia específica de 5 años en puestos o cargos de directivo de nivel jerárquico similar en el sector público o privado, requeridos por la Ley n.° 31419, agregando que dicha situación ocasiona el riesgo de un deficiente ejercicio de la función pública y la posible afectación del logro de los objetivos institucionales.
En esa línea, el OCI del Midis ha recomendado hacer de conocimiento de la señora ministra dicho informe con la finalidad de que se adopten las acciones preventivas y correctivas que correspondan, en el marco de sus competencias y obligaciones en la gestión institucional, con el objeto de cumplir con la citada ley, además de solicitar que se comunique a dicho órgano de control, a través del plan de acción, las acciones que se implementen en línea con dicha recomendación.
A la luz de estos hallazgos, la Defensoría del Pueblo exhorta a la ministra del Midis a reevaluar la designación de los dos viceministros del sector y asegurar que la Ley n.° 31419 vinculada a la idoneidad en la función pública cumpla sus objetivos y fines. Asimismo, indicó que continuará con el desarrollo de este estudio que comprende a los 19 ministerios del Poder Ejecutivo.