Defensoría del pueblo demanda al Minsa modificar regulación de la atención médica de emergencia
Nota de prensaHospitalizaciones derivadas de la emergencia no se encuentran reguladas.
Minsa informó que se impulsaría un decreto supremo en diciembre de 2021.

Fotos: Defensoría del Pueblo
7 de mayo de 2022 - 10:33 a. m.
Nota de Prensa n.° 259/OCII/DP/2022
La Defensoría del Pueblo demandó al Ministerio de Salud (Minsa), como autoridad nacional de salud, hacer modificaciones a la regulación de emergencia, a fin de garantizar el derecho de toda persona de recibir dicha atención en cualquier establecimiento de salud público o privado. Esto, tras advertir que hace más de un año no se superan las deficiencias identificadas y sobre las cuales se formularon recomendaciones.
La Defensoría del Pueblo demandó al Ministerio de Salud (Minsa), como autoridad nacional de salud, hacer modificaciones a la regulación de emergencia, a fin de garantizar el derecho de toda persona de recibir dicha atención en cualquier establecimiento de salud público o privado. Esto, tras advertir que hace más de un año no se superan las deficiencias identificadas y sobre las cuales se formularon recomendaciones.
Al, respecto, el jefe del Programa del Derecho a la Salud de la institución, Carlos Almonacid, indicó que tras analizar las barreras de las personas cuando solicitan atención de emergencia en otros establecimientos distintos de los de su seguro (Minsa / SIS y EsSalud) se identificaron varios problemas que fueron puestos en conocimiento de las autoridades sanitarias solicitando hacer modificaciones concretas.
Uno de los problemas más recurrentes es la falta de cobertura de las hospitalizaciones u otras atenciones derivadas de la emergencia. En efecto, si una persona es atendida por emergencia y debe seguir hospitalizada o permanece en una unidad de cuidados intensivos (UCI), no existe un marco legal que garantice la cobertura de su seguro público pese a que no es posible trasladarla a uno de sus establecimientos por su estado de salud o por falta de oferta de servicios.
Tampoco existen precisiones normativas sobre cómo comunicar una emergencia al seguro público (SIS y EsSalud) de la persona cuando se atiende en otro hospital. Si esta comunicación no se realiza de manera adecuada y oportuna existe el riesgo que la atención no sea asumida por el seguro y sea pagada por la persona y su familia, pese a no ser su responsabilidad.
La falta de precisiones genera barreras en la atención de emergencia o termina por trasladar el costo de la atención a la persona y su familia pese a contar con un seguro de salud. Además, existe una demora excesiva en la regulación del SIS desde el 2017 que impide que asuma los costos de las emergencias de sus aseguradas/os cuando son atendidas/os en hospitales privados o mixtos.
“Esta situación responde a que el marco legal de la atención de emergencia es de 2001, cuando no se había implementado la política de aseguramiento. Actualmente, casi el total de la población cuenta con un seguro de salud, por lo que se debe actualizar. Todos tenemos derecho a recibir una atención cuando se encuentra en riesgo nuestra vida e integridad y nuestro seguro realmente debe asumir dicha atención.”, indicó Almonacid.
Finalmente, precisó que las recomendaciones fueron puestas en conocimiento del Minsa y de EsSalud, sin embargo, pese a que el primero informó en 2021 que haría la propuesta de decreto supremo hasta la fecha el mismo no se ha aprobado ni publicado la actualización normativa.