Defensoría del Pueblo: urge que el Ejecutivo reglamente la Ley n.º 31458 que reconoce a ollas comunes

Nota de prensa
Comisión multisectorial, liderada por el Midis, debe considerar participación prioritaria de mujeres representantes de ollas comunes en proceso de reglamentación.

16 de mayo de 2022 - 3:34 p. m.

La Defensoría del Pueblo insta al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social (Midis) que el proceso de reglamentación de la Ley n.° 31458, que reconoce a las ollas comunes, involucre a sus representantes a nivel nacional; asimismo, se convoque a los otros ministerios comprometidos para formular una respuesta multisectorial y articulada que permita responder adecuadamente a las diversas necesidades que afrontan estas iniciativas comunitarias, así como a la promoción del emprendimiento y trabajo productivo, a través del fortalecimiento de las capacidades de las personas que las lideran.

Han transcurrido 12 días hábiles de los 30 que menciona la Ley para su reglamentación; por tanto, la Defensoría del Pueblo considera pertinente que la comisión multisectorial, encargada de proponer acciones conjuntas para la atención alimentaria en favor de la población más vulnerable que integra las Iniciativas Ciudadanas de Apoyo Alimentario Temporal (ICAAT) ‘Ollas Comunes’, se constituya en el espacio desde donde se trabaje de manera conjunta y célere, el reglamento de la Ley n.° 31458.

“El reglamento contribuirá a una oportuna, amplia y sostenida asistencia de las ollas comunes, y al reforzamiento de capacidades de sus representantes; por ello, resulta imprescindible su aprobación antes del término del plazo previsto en la norma”, acotó la adjunta para la Administración Estatal, Eugenia Fernán-Zegarra.

En relación a los contenidos que se deben desarrollar en el reglamento, la Defensoría del Pueblo estima que, entre otros puntos, se aborde el proceso de reconocimiento de las ollas comunes como organizaciones sociales de base, a la luz del principio de simplicidad, precisando la menor cantidad de requisitos posibles, un proceso ágil de registro e inscripción y que se incida en la gratuidad de los trámites ante la Superintendencia Nacional de Registros Públicos.

Además, es importante que se considere la aplicación del enfoque de género para la evaluación y adopción de las medidas relacionadas con el “empleo productivo o el emprendimiento” sobre el que hace énfasis la Ley, debiendo ser implementadas buscando reforzar el liderazgo de las mujeres y el fortalecimiento de su autonomía económica teniendo en cuenta que esta modalidad de iniciativa de apoyo o atención alimentaria en el país, casi en su totalidad, ha sido organizada y gestionada por mujeres.

Por otro lado, la Defensoría del Pueblo demanda garantizar la transparencia, publicidad y participación ciudadana en todas las acciones que se tomen para la asistencia de las ollas comunes, más aún considerando las presuntas denuncias por actos de proselitismo político en la entrega de la asistencia alimentaria, en el actual contexto electoral.

Cabe recordar que según la Ley n.° 31458, las ollas comunes tienen que estar registradas para recibir la ayuda alimentaria. En ese sentido, se exhorta a los municipios a cumplir con esta labor en su jurisdicción. Asimismo, se reitera al Midis que debe gestionar la frecuente actualización del Registro Nacional de Ollas Comunes (Plataforma Mankachay Perú) e incluir aspectos relevantes, como la ubicación de estas, a través de la geolocalización; la difusión del número de ollas existentes en cada jurisdicción municipal, y el número de usuarias/os que atienden, diferenciadas/os por sexo y grupos etarios, para convertirla en una herramienta útil, basada en la transparencia, que favorezca a la oportuna toma de decisiones y garantice el derecho a la alimentación de las personas más necesitadas.

Otro aspecto a tener en cuenta, es que la amplitud del alcance del Decreto Legislativo n.° 1472 no ha permitido focalizar la asistencia en favor de las ollas comunes. Resulta importante que el Midis implemente un dispositivo legal exclusivo para la asistencia alimentaria de esta iniciativa comunitaria. La oportuna adopción de esta medida pemirtirá brindar un mejor seguimiento de la asistencia brindada, así como evitará que estos recursos sean destinados para otros fines.

Por último, la Defensoría del Pueblo reitera que el Midis, en coordinación con los gobiernos locales, implementen y difundan canales y procedimientos claros de atención de denuncias ciudadanas por la inadecuada gestión de la asistencia alimentaria de las ollas comunes, considerando que el proceso electoral en curso, podría generar un clima favorable a la proliferación de casos de clientelismo político.