Defensoría del Pueblo exhorta al Minedu a respetar el derecho a la consulta previa de las personas con discapacidad

Nota de prensa
Propuesta de norma técnica que involucra a estudiantes con discapacidad auditiva y personas sordas debe pasar por un proceso de consulta antes de ser aprobada.

Fotos: Defensoría del Pueblo

15 de enero de 2022 - 12:49 p. m.

Nota de Prensa n.° 025/OCII/DP/2022

Tras tomar conocimiento de que la propuesta de “Norma técnica para la implementación de la intervención de fortalecimiento de los servicios educativos para los estudiantes con discapacidad auditiva o personas sordas en los centros de educación básica alternativa", no ha considerado la implementación de un proceso de consulta previa a las personas que involucra, la Defensoría del Pueblo solicitó a la Dirección de Educación Básica Alternativa del Ministerio de Educación respetar el derecho de las personas con discapacidad a ser consultadas previamente a la aprobación de cualquier normativa relacionada con ellas.

Es importante señalar que esta omisión contraviene lo dispuesto por la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley n.° 29973, Ley General de las Personas con Discapacidad, toda vez que las autoridades de los distintos sectores y niveles de gobierno tienen la obligación de realizar consultas con las organizaciones de personas con discapacidad o que las representan, previamente a la adopción de normas legislativas y administrativas, políticas y programas sobre cuestiones relativas a la discapacidad.

En tal sentido, si bien el Ministerio de Educación se ha reunido con un grupo reducido de personas con discapacidad auditiva y personas sordas, con la finalidad de presentar dicha propuesta, esto no debe ser confundido con un proceso de consulta previa, lo cual implica que estas estén oportunamente informadas, que se les dé un espacio para formarse una opinión y que puedan aportar con sus comentarios o críticas a la versión final del documento con todas las garantías.

Hay que tener en cuenta que durante estas reuniones se han notado deficiencias en la metodología utilizada por el sector para asegurar la participación informada de las personas con discapacidad. Así tenemos que el documento en cuestión no se compartió con los participantes antes de la reunión.

Conforme a lo planteado por la Defensoría del Pueblo en la “Propuesta de guía para la implementación del derecho a la consulta de las personas con discapacidad a nivel nacional, regional y local”, la consulta no se valida con la sola asistencia a los talleres o reuniones promovidas por la entidad estatal a cargo de su implementación; por el contrario, requiere la adopción de medidas que posibiliten a las personas con discapacidad participar e influir en la elaboración e implementación de la norma, política o programa que pudiera afectar su situación jurídica o sus condiciones de vida de alguna manera.

Al respecto, Malena Pineda, del MICDPD indicó que el Ministerio de Educación debe llevar a cabo un proceso de consulta previa para la elaboración de cualquier norma, plan marco o política cumpliendo con los principios de accesibilidad, buena fe, oportunidad y transparencia, a fin de garantizar la participación activa de las personas con discapacidad auditiva y las personas sordas.

La Defensoría del Pueblo, en su condición de Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, seguirá atenta a que se respeten los derechos fundamentales de este grupo vulnerable.