Defensoría del Pueblo: Se deben respetar estándares internacionales sobre libertad de expresión en caso de periodista Christopher Acosta
Nota de prensaReitera su preocupación ante eventual expedición de una sentencia condenatoria en el marco de la querella seguida por el excandidato presidencial César Acuña Peralta contra el periodista Acosta.

9 de enero de 2022 - 10:42 a. m.
Nota de Prensa n.° 008/OCII/DP/2022
La Defensoría del Pueblo reitera su preocupación ante la eventual expedición de una sentencia condenatoria en el marco de la querella seguida por el excandidato presidencial César Acuña Peralta contra el periodista Christopher Acosta, por la publicación del libro Plata como cancha: secretos, impunidad y fortuna de César Acuña.
La Defensoría del Pueblo reitera su preocupación ante la eventual expedición de una sentencia condenatoria en el marco de la querella seguida por el excandidato presidencial César Acuña Peralta contra el periodista Christopher Acosta, por la publicación del libro Plata como cancha: secretos, impunidad y fortuna de César Acuña.
La institución, a propósito de este caso, ha condenado el empleo de la justicia penal con el fin de limitar a todas aquellas personas que ejercen sus libertades de expresión e información[1]. En reiteradas ocasiones se ha puesto en relieve la situación de las y los periodistas que, a consecuencia del ejercicio de su profesión, son sometidas/os a procesos penales a fin de silenciarlas/os.
Cabe precisar que, durante el trámite de la querella, se ha advertido que la información que obra en el mencionado libro estaría basada en fuentes públicas y verificables, de afirmaciones hechas por el propio querellante; por ello, la Defensoría del Pueblo ha solicitado al Poder Judicial que cumpla con respetar los estándares que protegen la libertad de expresión.
En ese sentido, se recuerda que en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos se ha resaltado la especial protección que gozan los discursos o informaciones sobre funcionarios y personajes públicos, de ahí que exista un menor margen para la imposición de restricciones, las que deben ser necesarias y razonables.
Dada la naturaleza de la libertad de expresión, una eventual condena deberá no solo estar debidamente motivada, sino también será indispensable, además, que esta observe los criterios desarrollados a nivel interamericano y que exista un estricto juicio de proporcionalidad que demuestre que ella resulta inevitable y razonable.
La Defensoría del Pueblo reitera que es incompatible con el sistema constitucional y democrático el empleo de mecanismos de persecución penal para reprimir la libre difusión de ideas, máxime cuando estas versan sobre asuntos de relevancia pública. La propia Corte Interamericana ha precisado que no es convencionalmente procedente recurrir al derecho penal para proteger el honor de un funcionario o personaje público.
Finalmente, se solicita al Poder Judicial proteger la libertad de prensa y a las mujeres y los hombres de prensa, pues un eventual fallo condenatorio constituiría un grave precedente en contra de la libertad de expresión y de la democracia y, además, implicaría el desconocimiento e incumplimiento de las obligaciones internacionales.
[1] Defensoría del Pueblo. La Defensoría del Pueblo condena el uso de la justicia penal como mecanismo de afectación a la libertad de expresión. Lima, 18 de noviembre de 2021. Recuperado de: https://www.defensoria.gob.pe/la-defensoria-del-pueblo-condena-el-uso-de-la-justicia-penal-como-mecanismo-de-afectacion-a-la-libertad-de-expresion/