Defensoría del Pueblo: Municipalidad de Comas debe investigar actuación indebida y abuso de autoridad durante intervención

Nota de prensa
Pasajero que iba en vehículo menor (mototaxi) fue agredido físicamente por personal de la de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad de la comuna.

30 de octubre de 2021 - 10:03 a. m.

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima Norte instó a la Municipalidad Distrital Comas a iniciar una investigación para sancionar y denunciar a los trabajadores que habrían hecho un Actuación indebida en el ejercicio de sus funciones y abuso de autoridad contra un ciudadano que se encontraba como pasajero durante la intervención a un vehículo menor (mototaxi) efectuada por personal de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad.

Según informó el ciudadano, abordó el vehículo para trasladar su mercadería, siendo intervenidos a la altura del Jr. Pimentel por personal municipal que no quiso identificarse y que procedió a conducir el mototaxi al depósito municipal, sin que le permitieran retirar sus pertenencias. Asimismo, al insistir en intentar sacar su mercadería del vehículo, los fiscalizadores lo tiraron al piso, golpearon, ahorcaron y arrebataron de su bolsillo el celular.

Ante esta situación, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Lima Norte demandó a la Municipalidad Distrital de Comas realizar las investigaciones del caso, para que los trabajadores que habrían cometido los actos vejatorios sean sancionados.

Asimismo, se le solicitó instruir a su personal para que se abstengan de cometer actos abusivos contra los transportistas y sus pasajeros, y que cumplan sus funciones con estricta observancia de las normas vigentes, particularmente la “Ordenanza que regula el servicio de transporte público especial de pasajeros en vehículos menores motorizados en el distrito de Comas”.

De la misma manera, se les pidió recordar al personal en general, y en especial de la Subgerencia de Tránsito, Transporte y Vialidad, que sus actuaciones se deben realizar siguiendo lo establecido en los artículos 1 y 2 de la Constitución Política del Perú, es decir, respetando la dignidad de toda persona y la protección de su integridad física, tanto de usuarias/os como de transportistas.

Finalmente, se solicitó capacitar al personal sobre la función que desarrollarán en el marco normativo no solo de la ordenanza municipal sobre transporte público, sino también se debe de tener un protocolo de actuación para la intervención con los conductores y con los pasajeros.