Defensoría del Pueblo: urge que el Minsa publique reglamento del subsidio oncológico para familias con niñas, niños y adolescentes con cánce
Nota de prensaEn la “Semana Perú contra el Cáncer” se recuerda que han pasado más de dos meses del plazo establecido para dicha reglamentación.

Fotos: Defensoría del Pueblo
18 de octubre de 2021 - 5:01 p. m.
Nota de Prensa n.° 1341/OCII/DP/2021
- En la “Semana Perú contra el Cáncer” se recuerda que han pasado más de dos meses del plazo establecido para dicha reglamentación.
- También demandan atención temas como licencia laboral, cobertura del seguro de salud, continuidad del tratamiento y creación del Programa Nacional para el Cáncer Infantil.
La Defensoría del Pueblo demanda al Ministerio de Salud (Minsa) disponer, de manera urgente y célere, la reglamentación del subsidio oncológico, ya que han transcurrido más de dos meses del plazo establecido por el reglamento de la Ley n.° 31041 sobre la detección y atención del cáncer infantil para esta acción. Esta norma permitirá conocer la periodicidad o frecuencia, así como el procedimiento para acceder al referido subsidio y, así, solventar las necesidades de niñas, niños y adolescentes con cáncer y su entorno familiar.
En esa línea, la institución reiteró la necesidad de extender dicho beneficio a familiares que no cuenten con alguna relación laboral formal, considerando que, según organizaciones de madres y padres, muchas/os trabajan de modo independiente; por lo que resulta pertinente que se modifique el artículo 6 de la Ley n.° 31041 a fin de que el subsidio alcance a la mayoría de las familias y se disminuya el abandono del tratamiento.
Cabe indicar que, de acuerdo a la Organización Panamericana de la Salud, el abandono del tratamiento es de 18,4 % y el Perú es el segundo país con mayor tasa de mortalidad. También, se ha reiterado la implementación de la licencia laboral prevista en la mencionada ley y redoblar los esfuerzos para adoptar medidas intersectoriales con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo.
De otro lado, la Defensoría del Pueblo ha tomado conocimiento que existen dificultades en la migración de un seguro a otro cuando las familias pierden empleos formales, lo que genera la suspensión de los tratamientos en EsSalud. Asimismo, se ha identificado diversidad del tratamiento del cáncer infantil en los hospitales de las FF. AA., Minsa, PNP, y EsSalud; ante estas situaciones, se ha recomendado emitir, en un plazo razonable, las normas de cumplimiento nacional para garantizar la continuidad en el centro sanitario inicial sin discriminación alguna.
Otro aspecto a considerar es que sigue pendiente la creación del Programa Especial para la Atención del Cáncer Infantil establecido en el artículo 7° de la Ley n.° 31041, que permitirá garantizar, en el ámbito nacional, la detección, el diagnóstico, tratamiento y la rehabilitación integral, así como especializada, de los pacientes menores de edad. Por tal motivo, la Defensoría del Pueblo ha recomendado cumplir con tal disposición.
La implementación de todas estas medidas permitirá una mejor lucha contra esa enfermedad para niñas, niños y adolescentes. Es importante recordar que en noviembre se celebran los 31 años de ratificación, por el Perú, de la Convención sobre los Derechos del Niño y que obliga a las autoridades a garantizar condiciones permanentes que efectivicen la atención de salud con calidad, gratuidad y equidad.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo recuerda que, conforme a sus funciones legales y constitucionales, se mantiene vigilante del cumplimiento de las disposiciones de la aludida ley y reglamento en observancia del interés superior y el derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud que tienen las niñas, niños y adolescentes.