COMUNICADO n.° 24/DP/2021

Comunicado
Defensoría del Pueblo: Urge garantizar el derecho a la educación de niñas, niños y adolescentes con un retorno seguro y célere a la escuela

14 de setiembre de 2021 - 10:54 a. m.

Ante la necesidad de implementar de forma progresiva y segura las clases semipresenciales en las escuelas de Educación Básica, la Defensoría del Pueblo señala lo siguiente:

  1. Las niñas, los niños, así como las y los adolescentes tienen derecho a recibir una educación de calidad; más aún, cuando en el contexto de emergencia sanitaria por el COVID-19 se ha visto afectada la provisión de los servicios educativos.
  2. A partir de supervisiones realizadas por nuestra institución a 76 % de las UGEL en todo el país se ha evidenciado que, en el año 2020, 114 000 estudiantes de escuelas públicas dejaron los estudios y solo 33 705 reingresaron al sistema escolar este año. Además, hubo un descenso de matrículas de 49 141 en el nivel inicial. En el caso de estudiantes con discapacidad y pertenecientes a pueblos indígenas, las barreras educativas se agudizaron durante la educación a distancia por la carencia de conectividad, materiales accesibles y apoyos educativos, acrecentándose la desigualdad en el aprendizaje. Asimismo, se está produciendo un aumento de la deserción escolar, retrocesos en los niveles de aprendizaje y afectación a la salud mental.
  3. En tal contexto, el proceso de retorno a las aulas resulta una tarea impostergable y crucial pues las escuelas constituyen un espacio de aprendizaje, pero también de protección de la integridad.
  4. Es deber del Estado garantizar el retorno de las niñas, los niños, así como de las y los adolescentes que abandonaron el sistema escolar; además recuperar y mejorar el nivel de aprendizaje, desde un enfoque interseccional, en un adecuado clima escolar que proteja su salud física y mental, así como su bienestar socioemocional.
  5. Demandamos al Ministerio de Educación, en el marco del Plan de Emergencia Educativa (Decreto Supremo n.° 14-2021-MINEDU), adoptar las disposiciones y acciones que permitan la reapertura de las instituciones educativas de Educación Básica —estableciendo para ello metas, plazos máximos, incentivos y mecanismos de monitoreo y acompañamiento a docentes y escuelas—, con el fin de que contribuyan a concretar este proceso en las condiciones antes señaladas.
  6. El sector educación, en coordinación con las autoridades educativas (regionales y locales) y todos los miembros de la comunidad educativa, debe liderar las estrategias para implementar con celeridad el servicio semipresencial y el tránsito a la modalidad presencial de manera segura, en consideración a la diversidad de estudiantes que se encuentran en todo el territorio nacional.
La Defensoría del Pueblo continuará supervisando las medidas adoptadas por las autoridades educativas y otras competentes en el bienestar integral de la niñez y adolescencia durante la emergencia sanitaria por el COVID-19, resguardando el interés superior de dicho grupo poblacional que representa el futuro del país.

Lima, 14 de septiembre de 2021