Defensoría del Pueblo: autoridades de la Región de Ucayali deben garantizar la atención comunitaria en la salud mental de adolescente con di
Nota de prensaSe recomendó no internar al adolescente en un centro especializado y garantizar su atención comunitaria, en su entorno familiar.

18 de agosto de 2021 - 12:02 p. m.
Nota de Prensa n.° 1181/OCII/DP/2021
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali requirió a la Unidad de Protección Especial (UPE) de dicha región que ejecute de manera eficiente, coordinada y continua las medidas de protección especial otorgadas a favor de un adolescente de 14 años con diagnóstico de “retraso mental grave”, cuya situación de riesgo para su integridad física y mental fue difundida por medios de comunicación local.
Al conocer el caso, la institución inició una intervención para salvaguardar el derecho a la salud mental del referido adolescente y garantizar el cumplimiento de las medidas de protección provisionales, así como la implementación de un plan de trabajo institucional dispuesto en febrero de este año, para garantizar la atención comunitaria en la salud mental, así como el derecho a la libertad y seguridad personal del adolescente.
“Aunque se verificó que la UPE realizó acciones de apoyo y seguimiento a la familia del adolescente, no se comprobó que la tarea se haya desarrollado en forma eficiente, continua ni coordinada con otros servicios existentes en la región. La situación demanda una atención integral y el adecuado acompañamiento y apoyo a la familia para garantizar la atención adecuada en la salud mental del adolescente”, sostuvo Hugo Pari Taboada, jefe de la Oficina Defensorial de Ucayali.
Ante esta situación, se recomendó la participación activa de la UPE y el involucramiento de las instituciones de salud pública quienes tienen la obligación de garantizar la atención de la salud mental de la población en la región de Ucayali. “Las instituciones responsables, como la Unidad de Protección Especial y el Centro de Salud Mental ‘Bena Manati’, deben garantizar la implementación del Plan de Atención Individualizado y el Plan de Continuidad de Cuidados y Rehabilitación, que son parte de las medidas de protección otorgadas a favor del adolescente”, sostuvo el funcionario.
Asimismo, recordó a las autoridades de la región que, las políticas públicas en salud mental asumidas por el Estado peruano garantizan la atención comunitaria, en concordancia con la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. Dicha atención debe orientarse a brindar el acompañamiento y apoyo necesario, tanto al adolescente como a sus familiares, en el entorno comunitario.
Finalmente, señaló que, de conocerse casos similares de afectación a los derechos a la salud, protección, desarrollo integral y otros derechos conexos de niñas, niños y adolescentes en situación de mayor vulnerabilidad, pueden ser reportados a la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali, a través de los teléfonos (061) 577936 y 995873582, o de manera presencial en la oficina ubicada en el Jr. Libertad 354,