Defensoría del Pueblo: Red de Salud de Coronel Portillo debe enviar expedientes a tiempo para reembolsos por sepelio

Nota de prensa
Tres ciudadanas fueron perjudicadas porque la Red de Salud demoró 184 días en tramitar sus expedientes, cuando la directiva establece un máximo de 15 días.
Foto de fachada de oficina defensorial

25 de mayo de 2021 - 11:07 a. m.

Nota de Prensa n.° 795/OCII/DP/2021
· Defensoría del Pueblo recomendó iniciar un proceso administrativo disciplinario contra el personal de la red que habría omitido funciones.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali demandó a la Red de Salud de Coronel Portillo adoptar las acciones necesarias para que la Unidad de Seguros de esa entidad cumpla con enviar, dentro del plazo de ley, la documentación para los reembolsos por sepelio, a fin de no perjudicar a las personas que realizan dicho trámite. Ello tras detectar que el personal de la institución habría omitido funciones, al no enviar a tiempo los expedientes presentados por tres recurrentes, ocasionando que sus trámites de reembolso fueran rechazados, afectando su economía y su derecho a la buena administración pública.
La sede defensorial intervino tras conocer el caso de una ciudadana, quien el pasado 15 de agosto de 2019 presentó a la Red de Salud de Coronel Portillo una solicitud de reembolso de sepelio por el fallecimiento de su madre, quien estaba afiliada al Seguro Integral de Salud (SIS); sin embargo, el área correspondiente demoró hasta el 5 de marzo de 2020, es decir siete meses, en remitir la solicitud a la Unidad Desconcentrada Regional (UDR) Ucayali para su aprobación, y el pedido fue denegado por el plazo tardío en que se presentaron los documentos.
La institución refirió que la Unidad de Seguros de la Red de Coronel Portillo informó que otras dos ciudadanas se encontrarían en la misma situación, luego de que sus solicitudes de reembolso, presentadas por ellas dentro del tiempo requerido, también fueron denegadas por exceder el plazo máximo establecido para su tramitación. Lo descrito evidencia que el personal de la referida red incumplió sus funciones, al demorarse en remitir el acervo documentario a la UDR Ucayali para que este evalúe, apruebe y envíe los expedientes a la oficina central.
Adicionalmente, al revisar la documentación, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali advirtió que la UDR Ucayali no solo rechazó los expedientes de las tres ciudadanas por la demora en la presentación de los mismos, sino porque no se tomaron en cuenta las precisiones que habían sido socializadas a través del oficio circular n.° 057-2021-SIS/GMR ORIUDR UCA, referentes a la implementación de adecuaciones al aplicativo para los trámites de sepelio y los plazos bajo ciertas responsabilidades.
Ante ello, se recordó que, según las disposiciones del SIS, el plazo para presentar la solicitud de reembolso de sepelio a las Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud públicas (Ipress) es de hasta dos meses, contados desde la fecha de registro que figura en el acta de defunción. La norma señala claramente que no se admitirán solicitudes extemporáneas y no habrá lugar a reclamo.
En esa misma línea, la directiva administrativa que regula el procedimiento de reembolso de sepelio para los asegurados del SIS, señala que la Ipress es responsable de registrar la información contenida en los documentos del expediente y remitirla en físico y original a la UDR de su jurisdicción, en un plazo de siete días en zonas urbanas y de 15 días en zonas rurales, contados desde el día siguiente de su recepción.
Ante esta situación, y con la finalidad de que hechos similares no se repitan, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Ucayali recomendó a la Red de Salud proceder iniciando un proceso administrativo disciplinario contra el personal que habría omitido funciones. Asimismo, exhortó a las autoridades a cumplir con el Reglamento de Organización y Funciones y el Manual de Organización y Funciones, ya que es competencia de la red supervisar y vigilar las funciones de los servidores que laboran bajo su cargo. Además, pidió adoptar las acciones necesarias para que la Unidad de Seguros cumpla con enviar la documentación dentro del plazo que señala la ley.