Defensoría del Pueblo: entidades públicas de Cajamarca deben aplicar trabajo remoto para mujeres gestantes y madres lactantes
Nota de prensaEl cumplimento de la jornada laboral presencial o mixta pone en riesgo la salud de madres e hijas/os.

14 de abril de 2021 - 9:09 a. m.
Nota de Prensa n.° 590/OCII/DP/2021
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca requirió a las municipalidades provinciales y distritales de la región que garanticen la protección laboral de las mujeres gestantes y de las madres lactantes para que, en el contexto de la emergencia sanitaria nacional por el COVID-19, este grupo de servidoras públicas pueda cumplir sus actividades bajo la modalidad de trabajo remoto y así no exponerse a posibles contagios.
Tras una supervisión remota realizada a fines de marzo, la institución identificó que madres gestantes y lactantes de las municipalidades de Cutervo, Contumazá, Celendín, Cajabamba, San Marcos y San Pablo, vienen cumpliendo sus labores de manera presencial y mixta, omitiendo lo establecido en la Ley n.° 31051 Ley que Amplía las Medidas de Protección para Mujeres Gestantes y Madres Lactantes en Casos de Emergencia Nacional Sanitaria.
El objetivo de esta Ley es que las mujeres en esta condición no realicen trabajos que pongan en riesgo su integridad y la de sus menores hijas/os; en ese sentido el empleador debe identificar a las trabajadoras mujeres gestantes y madres lactantes y aplicar el trabajo remoto para el cumplimiento de sus actividades laborales.
Además, el artículo IX del Título Preliminar del Código de Niños y Adolescentes establece que el Estado en todos sus niveles de gobierno, y a través de todas sus instituciones, debe velar por garantizar el interés superior de los niños y adolescentes y el respeto a sus derechos.
Cabe indicar que la Organización Mundial de la Salud reconoce la especial protección y atención que debe tener una mujer en estado de gestación a fin de garantizar las mejores condiciones de salud para ella y el feto. Además, en el Perú, la Constitución Política, en su artículo 23°, establece que el Estado debe brindar una especial protección a la madre que trabaja. Por su parte, la Política Nacional de Igualdad de Género dictamina la necesidad de políticas públicas que preserven la salud de las mujeres que se encuentre en esta condición.
Finalmente, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca recordó a la ciudadanía el número de teléfono 996575406 para que puedan comunicar oportunamente este tipo de hechos que afecten los derechos de las trabajadoras.