Defensoría del Pueblo: Policía Nacional y Ministerio Público deben investigar hechos en torno a intervención a alcalde de Pampas

Nota de prensa
Fachada de oficina defensorial

29 de marzo de 2021 - 1:46 p. m.

Nota de Prensa N° 484/OCII/DP/2021

· Autoridad fue intervenida fuera de su jurisdicción en un vehículo oficial, junto a una mujer en aparente estado de ebriedad.
El módulo de la Defensoría del Pueblo en Chimbote solicitó a la Municipalidad Distrital de Pampas, en la provincia de Pallasca, informar sobre las razones por las cuales el alcalde de esta comuna, Alciviades Bermúdez Rosales, habría utilizado un vehículo institucional para dirigirse el último 19 de marzo al distrito de Nuevo Chimbote, donde fue intervenido por las autoridades policiales y conducido a la comisaría del sector, tras un confuso incidente con una ciudadana.
De otro lado, la institución requirió a la Policía Nacional del Perú (PNP) y al Ministerio Público investigar los motivos por los cuales la mujer habría estado semidesnuda y en aparente estado de ebriedad en la calle, a fin de determinar si ha habido algún hecho doloso que involucre a la autoridad edil quien, de acuerdo a las versiones periodísticas, indicó que habría tratado de ayudarla.
Para la representante de la Defensoría del Pueblo en Chimbote, Roslin Villanueva, lo ocurrido deja dos temas que deben ser aclarados en la investigación iniciada por la PNP y el Ministerio Público, en el más breve plazo. “Por un lado, el alcalde de Pampas debe informar qué diligencias venía realizando con el vehículo institucional fuera de la jurisdicción de su distrito. Por otro lado, debe investigarse si ha habido algún hecho de violencia contra la mujer para que se sancione a los responsables y se le brinde las medidas de protección de manera inmediata”, sostuvo.
Villanueva remarcó, además, que la Municipalidad Distrital de Pampas debe comunicar si el alcalde tenía planeado realizar algunas gestiones propias de su función que lo habrían obligado a dirigirse hasta Nuevo Chimbote, localidad que se ubica a seis horas.
Cabe recordar que las autoridades, funcionarias/os y servidoras/es públicos tienen el deber de hacer uso adecuado de los bienes del Estado, debiendo utilizar los que le fueran asignados para el desempeño de sus funciones de manera racional, evitando su abuso, derroche o desaprovechamiento, sin emplear o permitir que otros empleen los bienes del Estado para fines particulares o propósitos que no sean aquellos para los cuales hubieran sido específicamente destinados acorde a las disposiciones contenidas en el numeral 5 del artículo 7 de la Ley n.° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
“La ciudadanía debe entender que el uso inadecuado de los recursos públicos afecta diversos derechos y servicios que dejan de ser atendidos correctamente, por ello ante cualquier hecho irregular puede comunicarse a la sede de la Defensoría del Pueblo en Chimbote a través del número 945084099 o el correo electrónico machimbote@defensoría.gob.pe”, subrayó la representante de la Defensoría del Pueblo.