Defensoría del Pueblo: autoridades de Ayacucho deben hacer cumplir medidas de bioseguridad
Nota de prensa
9 de marzo de 2021 - 10:40 a. m.
Nota de Prensa N° 319/OCII/DP/2021
● Frente de Defensa del Pueblo de Pichari iba a realizar elecciones presenciales, lo cual podía generar aglomeración de personas.
● Tras intervención defensorial, estas se efectuaron de manera remota.
La oficina de la Defensoría del Pueblo de Ayacucho requirió a la Subprefectura del distrito de Pichari efectuar coordinaciones inmediatas con el Frente Policial Vraem, el Comando Especial del Vraem del Ejército Peruano y la Fiscalía de Prevención del Delito de Ayna – San Francisco, a fin de hacer cumplir las medidas de bioseguridad frente al COVID-19 y evitar que se realicen reuniones que generan aglomeración de personas, poniendo en riesgo la salud pública.
Esta solicitud se realizó tras conocer que el sábado 6 de marzo, el Frente de Defensa del Pueblo de Pichari, en la provincia cusqueña de la Convención, había convocado para la elección de los miembros de su nueva Junta Directiva de manera presencial, en la plaza de armas de la localidad; justificando esta acción en la falta de accesibilidad y conexión a internet de la población, ya que no todos podrían elegir a las autoridades de manera virtual pese a infringir las disposiciones del estado de emergencia a causa del COVID-19.
"Es preciso que la subprefectura de Pichari disponga las coordinaciones para que la población que está bajo su competencia territorial de estricto cumplimiento de las normas legales referidas a la emergencia sanitaria y convivencia social, y que cuando tomen conocimiento de algún desfile, fiesta patronal, actividad civil y religiosa, así como de todo tipo de reunión, evento social, político, cultural u otros que impliquen concentración o aglomeración de personas que pongan en riesgo la salud pública, inste a los responsables de dicha actividad a desistir de la organización", sostuvo David Pacheco-Villar, jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo de Ayacucho.
Cabe recordar que el Decreto Supremo N° 116-2020-PCM señala expresamente que quedan prohibidas y suspendidas las actividades públicas que impliquen las aglomeraciones y concentraciones de personas, por ello, su desobediencia estaría transgrediendo las disposiciones para evitar la propagación del virus y cuyo incumplimiento acarrearía responsabilidad de naturaleza penal previsto en el Titulo XII –Delitos contra la Seguridad Pública, Capítulo III, correspondiente a los delitos contra la salud Pública como propagación de enfermedades peligrosas o contagiosas y violación de medidas sanitarias.
Acogiendo la recomendación defensorial, la Subprefectura de Pichari realizó las coordinaciones necesarias con las autoridades del distrito y el Comité Electoral del Frente de Defensa del Pueblo de Pichari llevó a cabo sus elecciones de manera virtual.
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Ayacucho continuará vigilante al cumplimiento de las medidas de bioseguridad a fin de velar por el derecho a la salud de las personas. Por otro lado, recordó que está a disposición el WhatsApp 966680046 el correo electrónico odayacucho@defensoria.gob.pe y el portal web www.defensoria.gob.pe para que la ciudadanía pueda hacer llegar sus quejas, consultas y pedidos de intervención.