Día Internacional de la Mujer 2021: una oportunidad de acción global por una justicia equitativa, accesible y más segura para las mujeres
Nota de prensaFotos: Defensoría del Pueblo
8 de marzo de 2021 - 5:53 p. m.
Nota de Prensa N° 316/OCII/DP/2021
Por primera vez -hoy en el Día Internacional de la Mujer–, el Mecanismo Nacional/Local de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo se ha unido a la Asociación para la Prevención de la Tortura y a otros 40 órganos de monitoreo de todo el mundo para pedir una acción gubernamental sostenida a fin de proteger a las mujeres en prisión.
Por primera vez -hoy en el Día Internacional de la Mujer–, el Mecanismo Nacional/Local de Prevención de la Tortura de la Defensoría del Pueblo se ha unido a la Asociación para la Prevención de la Tortura y a otros 40 órganos de monitoreo de todo el mundo para pedir una acción gubernamental sostenida a fin de proteger a las mujeres en prisión.
En todo el mundo, más de 75 órganos nacionales y locales de monitoreo independientes, establecidos en virtud del Protocolo Facultativo de la Convención de las Naciones Unidas contra la Tortura (OPCAT) y conocidos como Mecanismos Nacionales y Locales de Prevención, trabajan para defender la dignidad y la justicia para las personas privadas de libertad.
Como mecanismos, llevamos a cabo visitas periódicas a todo tipo de lugares de detención y realizamos entrevistas en privado a las personas detenidas, a sus familiares y al personal que trabaja en los centros de privación de libertad. Asimismo, documentamos cómo afecta el entorno carcelario a las mujeres, ya sean procesadas o condenadas.
Con la información recogida, preparamos informes para las autoridades que ponen de manifiesto la discriminación y la violencia de género que sufren las mujeres en prisión, incluidas las que se encuentran en situación de mayor vulnerabilidad por motivos de raza, etnia, orientación sexual, identidad, expresión de género, discapacidad, entre otros. Además, elaboramos recomendaciones prácticas para impulsar cambios en la legislación, las políticas, los procedimientos y las prácticas, lo cual resulta sumamente importante. Todo esto lo hacemos sobre la base de un diálogo sostenido y constructivo con todos los actores del sistema de justicia penal.
Durante el contexto del COVID-19, este monitoreo de la situación ha sido especialmente crucial, ya que la pandemia ha supuesto una carga adicional para las prisiones de todo el mundo, planteando nuevos retos al personal y exponiendo a las personas detenidas a mayores riesgos. Venimos informando sobre el impacto que las restricciones aplicadas para controlar la propagación del virus han tenido en las mujeres.
Muchas se han quedado aisladas, afectadas emocionalmente y sin apoyo material tras la suspensión de las visitas de sus familiares y la aplicación de restricciones en las actividades cotidianas. Las y los niños también han sufrido al no poder ver a sus madres. Conforme a nuestra experiencia y labor de monitoreo, hemos defendido – y defendemos – firmemente la aplicación de planes de liberación anticipada y medidas alternativas a la detención para las mujeres.
Cabe indicar que utilizamos las Reglas de las Naciones Unidas para el Tratamiento de las Reclusas y Medidas No Privativas de la Libertad para las Mujeres Delincuentes (Reglas de Bangkok), aprobadas hace diez años, como brújula para nuestro monitoreo y para sustentar nuestros hallazgos y recomendaciones. También, son fundamentos de nuestro trabajo otras normas complementarias, como las Reglas Nelson Mandela y los Principios de Yogyakarta. Al reforzar la protección de las mujeres en prisión y promover alternativas no privativas de libertad, las Reglas de Bangkok son especialmente relevantes durante la pandemia por el COVID-19.
Reconocemos las medidas positivas adoptadas por los Estados de todo el mundo para proteger los derechos de las mujeres en prisión. Sin embargo, es necesario una acción mayor y sostenida, especialmente durante esta pandemia que, como hemos advertido, han tenido un impacto determinante.
Por lo tanto, hacemos un llamamiento conjunto para que todos los Estados renueven su compromiso de defender la dignidad, salud, integridad y seguridad de todas las mujeres encarceladas, además de establecer alternativas a la detención de aquellas que se encuentran en conflicto con la ley. Las Reglas de Bangkok, junto con las recomendaciones formuladas por los Mecanismos Nacionales y Locales de Prevención, proporcionan a los Estados una base sólida para que la justicia sea equitativa, accesible y más segura para ellas.
PRINCIPALES RECOMENDACIONES FORMULADAS POR EL MECANISMO NACIONAL DE PREVENCIÓN DE LA TORTURA
N° | INSTITUCIÓN | RECOMENDACIONES
1 | Presidencia del Consejo de Ministros | CONVOCAR al Ministerio de Salud y al Ministerio de Justicia con el fin de que implementen el servicio de pediatría en los Servicios de Salud de lo EP visitados para garantizar la adecuada atención de salud mental de las MPL en los EP visitados, la provisión constante y la adquisición de los medicamentos psiquiátricos en cantidades suficientes que garanticen el tratamiento oportuno y de calidad a la Pope.
2 | Instituto Nacional Penitenciario | REGISTRAR en el sistema de registro penitenciario, a la población LGBTI con el fin de protegerla de posibles agresiones, maltratos, abusos y acoso por parte de la Pope y del personal penitenciario, asegurar su integridad, libertad sexual y protegerla de la discriminación en todos los servicios profesionales del EP.
3 | Establecimientos Penitenciarios de Mujeres: Chorrillos, Anexo Chorrillos, Sullana, RCE Concepción, Jauja, y Arequipa | REALIZAR las acciones correspondientes para prevenir actos de agresión en contra de las internas
ATENDER las quejas o peticiones presentadas por las internas oportunamente.
REALIZAR las acciones correspondientes para mejorar el trato del personal penitenciario hacia las internas.
ENTREGAR a las internas la cartilla con las normas de vida que rigen el EP, sus derechos y deberes, así como, la información sobre los medios para formular quejas o peticiones para la protección de sus derechos y DIFUNDIR esta información en los espacios de mayor permanencia de las MPL como las celdas, pabellones, patios y áreas de talleres o educativas.
4 | Establecimientos Penitenciarios de Mujeres: Chorrillos, Anexo Chorrillos, Jauja, y Arequipa | GARANTIZAR la instalación adecuada y oportuna de las MPL con hijos/as menores de tres años en el EP cuando lo soliciten.
5 | Establecimientos Penitenciarios de Mujeres: Chorrillos, y Anexo Chorrillos | BRINDAR diariamente agua potable, adecuada para el consumo humano, en cantidad suficiente para beber y cada vez que sea solicitada a las MPL.
MEJORAR la calidad y la cantidad de los alimentos que les proporcionan a las MPL, tomando en cuenta sus requerimientos nutricionales y sus necesidades específicas.
N° | INSTITUCIÓN | RECOMENDACIONES
1 | Presidencia del Consejo de Ministros | CONVOCAR al Ministerio de Salud y al Ministerio de Justicia con el fin de que implementen el servicio de pediatría en los Servicios de Salud de lo EP visitados para garantizar la adecuada atención de salud mental de las MPL en los EP visitados, la provisión constante y la adquisición de los medicamentos psiquiátricos en cantidades suficientes que garanticen el tratamiento oportuno y de calidad a la Pope.
2 | Instituto Nacional Penitenciario | REGISTRAR en el sistema de registro penitenciario, a la población LGBTI con el fin de protegerla de posibles agresiones, maltratos, abusos y acoso por parte de la Pope y del personal penitenciario, asegurar su integridad, libertad sexual y protegerla de la discriminación en todos los servicios profesionales del EP.
3 | Establecimientos Penitenciarios de Mujeres: Chorrillos, Anexo Chorrillos, Sullana, RCE Concepción, Jauja, y Arequipa | REALIZAR las acciones correspondientes para prevenir actos de agresión en contra de las internas
ATENDER las quejas o peticiones presentadas por las internas oportunamente.
REALIZAR las acciones correspondientes para mejorar el trato del personal penitenciario hacia las internas.
ENTREGAR a las internas la cartilla con las normas de vida que rigen el EP, sus derechos y deberes, así como, la información sobre los medios para formular quejas o peticiones para la protección de sus derechos y DIFUNDIR esta información en los espacios de mayor permanencia de las MPL como las celdas, pabellones, patios y áreas de talleres o educativas.
4 | Establecimientos Penitenciarios de Mujeres: Chorrillos, Anexo Chorrillos, Jauja, y Arequipa | GARANTIZAR la instalación adecuada y oportuna de las MPL con hijos/as menores de tres años en el EP cuando lo soliciten.
5 | Establecimientos Penitenciarios de Mujeres: Chorrillos, y Anexo Chorrillos | BRINDAR diariamente agua potable, adecuada para el consumo humano, en cantidad suficiente para beber y cada vez que sea solicitada a las MPL.
MEJORAR la calidad y la cantidad de los alimentos que les proporcionan a las MPL, tomando en cuenta sus requerimientos nutricionales y sus necesidades específicas.