Defensoría del Pueblo: urge fiscalizar calidad del oxígeno medicinal en el Hospital de Contingencia de Huánuco
Nota de prensaTambién se pidió asegurar que el oxígeno se encuentre a una concentración mínima del 93 %, que es considerada segura.
Fotos: Defensoría del Pueblo
21 de enero de 2021 - 1:44 p. m.
Nota de Prensa N° 093/OCII/DP/2021
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Huánuco demandó a la Dirección Regional de Medicamentos, Insumos y Drogas (Diremid) de la Dirección Regional de Salud (Diresa) fiscalizar la calidad del oxígeno medicinal que es suministrado en el Hospital de Contingencia de Huánuco, así como en los establecimientos de venta privada del producto, a fin de asegurar la salud y la vida de los pacientes con COVID-19 que vienen recibiendo tratamiento con oxígeno.
Este requerimiento fue efectuado luego de tomar conocimiento de una denuncia pública de que el oxígeno que se suministra en el referido hospital tiene una concentración al 92.6 %, el cual no sería apto para el tratamiento en humanos y atentaría contra la vida y la salud de las y los pacientes. Al respecto, se supo que Susalud intervino dicha planta, en diciembre pasado, y desautorizó el suministro y producción de oxígeno por no ser medicinal, pero no se ha corroborado si la deficiencia ha sido superada.
En ese contexto, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Huánuco recordó que el oxígeno medicinal es un producto farmacéutico usado para el tratamiento de pacientes en hospitalización por COVID-19 y en UCI COVID-19, y como tal, debe ser prescrito por un médico, a través de una receta médica y de acuerdo a las necesidades específicas del paciente. Asimismo, señaló que su uso está regulado por la Resolución Ministerial N° 9732020 MINSA, que aprueba la Directiva Sanitaria N° 124-MINSA/2020/DGAIN, “Directiva sanitaria para el uso de oxigeno medicinal en las instituciones prestadoras el servicio de salud”, y encarga a la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, en el marco de sus funciones, actuar como responsable de la asistencia técnica de la norma.
En virtud a ello, se requirió a la Diremid realizar las acciones necesarias para garantizar el cumplimiento de la Directiva Sanitaria N° 124-MINSA/2020/DGAIN, a fin de supervisar la producción del oxígeno medicinal en las plantas generadoras de oxígeno localizadas en las instituciones prestadoras del servicio de salud que son suministrados a los pacientes en hospitalización COVID-19 y a los pacientes en UCI COVID-19. Asimismo, recomendó fiscalizar los lugares de venta privados de oxígeno medicinal y asegurar que en todos los establecimientos el producto se encuentre a una concentración mínima del 93 %, que es considerada segura.
De otro lado, la institución invocó a la población de Huánuco que, ante la segunda ola de contagios por el COVID-19 en el país, el aumento de casos en la jurisdicción y la falta de camas UCI, refuerce las medidas de prevención y cumpla con responsabilidad los protocolos de bioseguridad, como el correcto uso de la mascarilla, el lavado constante de las manos con jabón y el distanciamiento social.