Defensoría del Pueblo: urge atender con debida diligencia casos de violencia sexual contra adolescentes en Cajamarca

Nota de prensa
Fiscalía Mixta de la Encañada debe investigar con celeridad casos de dos adolescentes que fueron víctimas de violación

15 de diciembre de 2020 - 2:22 p. m.

Nota de Prensa N° 1557/OCII/DP/2020

La oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca demandó a la Fiscalía Mixta del distrito de La Encañada atender con la debida diligencia los casos de violencia sexual contra niñas, niños y adolescentes que se registren en su jurisdicción, a fin de garantizar a las víctimas el acceso a la justicia. Ello ante el caso de la presunta agresión sexual de una adolescente de 13 años ocurrida el año pasado en el distrito de La Encañada.

Al respecto, la institución identificó la falta de celeridad en la investigación preparatoria del referido caso y deficiencias en la atención y protección de la víctima pues, como producto de la presunta violación, la adolescente quedó en estado de gestación y dio a luz este año, y el agresor, que sería el tío materno de la menor de edad, actualmente se encuentra en libertad y habría estado amenazando de muerte a la adolescente y a los familiares que interpusieron la denuncia.

Cabe señalar, que ante el temor por las amenazas y la demora en la investigación, la familia decidió refugiarse en una comunidad campesina alejada del distrito de La Encañada. Sin embargo, es ese lugar la hermana menor de la adolescente, de solo 12 años, también habría sido víctima de violencia sexual.

En virtud de los hechos, el 9 de diciembre pasado, personal de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca se comunicó con el padre de las adolescentes, quien manifestó que el agresor de su hija de 12 años sería su empleador. De inmediato la institución se comunicó con la comisaría del distrito de La Encañada para que efectivos policiales acudan a auxiliar a la familia, quienes, ante el hecho de violencia, decidieron regresar caminando. Sin embargo, ante la falta de un patrullero en la referida comisaría, se coordinó el apoyo de la Municipalidad Distrital de La Encañada, que dispuso de una movilidad.

Una vez asentada la denuncia, la niña de 12 años fue trasladada a la División Médico Legal, ubicada en la ciudad de Cajamarca, para el reconocimiento médico legal. Allí, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca solicitó la intervención del Centro Emergencia Mujer (CEM), a fin de que brinde el soporte emocional, social y legal a la víctima y a sus familiares; y posteriormente se condujo a la niña al centro de salud más cercano para que se le brinde el kit de atención para víctima de violencia sexual, tal como lo establece la Directiva Sanitaria Nº 083-MINSA/DGIESP para estos casos. Además, se ha gestionado la declaración de la agraviada en cámara Gesell en el menor tiempo posible.

Cabe mencionar que la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca ha advertido la poca colaboración del fiscal a cargo de esta investigación, pues ante el llamado de la institución para la debida atención del caso, se ha mostrado poco colaborativo, refiriendo estar ocupado y que necesita descansar, pese a encontrarse de turno.

La institución rechaza rotundamente todo acto que afecte la integridad de las niñas, niños, y adolescentes y, en virtud a sus competencias y mandato de defender los derechos constitucionales y fundamentales de la persona y de la comunidad, exhorta a la Policía Nacional del Perú, el Ministerio Público, los Juzgados de Familia y otras entidades a proceder con la debida diligencia y teniendo presente el interés superior de la niñez y adolescencia, ya que es sumamente importante el funcionamiento adecuado del sistema fin de que hechos como estos no se sigan repitiendo y se sancionen efectivamente.

Asimismo, en el caso de la adolescente de 13 años, la institución recomendó a la Fiscalía Provincial Mixta de La Encañada que evalúe el cumplimiento de los requisitos a fin de requerir prisión preventiva contra el investigado por la presunta agresión sexual, considerando entre otros elementos de convicción, la declaración en cámara Gesell de la adolescente agraviada, su reconocimiento médico legal, los informes del CEM Cajamarca y otros elementos que puedan evidenciar la obstaculización (amenazas, amedrentamiento y persecución a la víctima y sus familiares) de la investigación que estaría realizando el investigado. En ese sentido, exhortó que se dispongan (si es que no se ha hecho) las medidas de protección establecidas en el artículo 248 del Código Procesal Penal que sean pertinentes a favor de la agraviada, su madre y otros familiares y además que se agilicen las diligencias pendientes, considerando que desde iniciada la investigación hasta la fecha ha trascurrido más de un año.