Defensoría del Pueblo: más de 5000 mujeres, niñas y adolescentes fueron reportadas como desaparecidas de enero a noviembre

Nota de prensa
Último reporte “Qué pasó con ellas” muestra que, en más de la cuarta parte de los feminicidios a la fecha, se había reportado a la víctima como desaparecida.

Fotos: Defensoría del Pueblo

Defensoría del Pueblo

12 de diciembre de 2020 - 11:17 a. m.

Nota de Prensa N° 1534/OCII/DP/2020

La Defensoría del Pueblo ha expresado su preocupación por las 5016 mujeres, niñas y adolescentes reportadas como desaparecidas entre enero y noviembre del 2020. Asimismo, alerta sobre la conexión que existe entre esta forma de violencia con otras más graves, ya que, de acuerdo al último reporte ¿Qué pasó con ellas?, en un 26 % de los casos de feminicidios (33 de 127), las víctimas habían sido reportadas previamente como desaparecidas.

Cabe indicar que, de enero a noviembre, 1506 mujeres adultas y 3510 niñas y adolescentes fueron reportadas como desaparecidas de acuerdo a la sistematización realizada por la Defensoría del Pueblo de las notas de alerta de la página web de la PNP (adecuada al actual Sistema de Búsqueda de Personas Desaparecidas). Es decir, cada día, se viene reportando un promedio de más de 15 hechos de este tipo (más de uno cada dos horas, aproximadamente).

Solo en noviembre, 390 menores de edad fueron reportados como desaparecidos. De este número, un 83 % corresponden a notas de alerta sistematizadas sobre niñas y adolescentes mujeres, es decir, un total de 325 registros que reflejan el impacto por razones de género. Esta cifra representa un aumento del 12 % en comparación con octubre y se manifiesta principalmente en los departamentos de Lima, que pasó de 91 a 112 registros; Cusco de 13 a 18; Apurímac, de 10 a 14; Callao, de 7 a 11, entre otras.

Además, en noviembre, 190 mujeres adultas fueron reportadas como desaparecidas, lo que representa un 20 % más que el mes anterior. El incremento se evidenció principalmente en regiones como Lima, que subió de 60 a 76 notas de alerta sobre esta forma de violencia; Arequipa, de 9 a 15; Callao, de 3 a 9; Piura, de 4 a 8, entre otras.

Para la Defensoría del Pueblo, es preocupante el aumento de estas cifras, toda vez que muchas de estas desapariciones están ligadas a otras formas de violencia más atroces. En ese sentido, cabe advertir que, de las 127 víctimas de feminicidios registrados entre enero y noviembre, 33 habían sido reportadas previamente como desaparecidas, es decir un 26 %.

De otro lado, no menos preocupante resulta que, en lo que va del 2020, se hayan producido 188 tentativas de feminicidio (15 de estas en noviembre, siete más que el mes pasado). Asimismo, se han perpetrado un total de 50 muertes violentas (1 en noviembre), que aún siguen en investigación sin esclarecerse el contexto de la muerte.

La Defensoría del Pueblo reconoce el progresivo funcionamiento del recientemente implementado Sistema de Búsqueda de Personas Desaparecidas. No obstante, hemos solicitado que se subsanen algunas limitaciones. Una de estas está referida a la dificultad en el acceso y la difusión oportuna de las notas de alerta de personas desaparecidas en meses anteriores, ya que no se puede acceder directamente a estas, sino que deben ser buscadas por su nombre. Asimismo, se han advertido deficiencias en las fotografías colocadas para la búsqueda de las personas.

De la misma forma, es necesario fortalecer la sección ¿Cómo denunciar?, con datos como la no obligatoriedad de esperar 24 horas para denunciar los hechos o que la PNP tiene que recibir las denuncias y cumplir con diligencias urgentes e imprescindibles en casos en que la víctima sea una persona en situación de vulnerabilidad. Además, se debe colocar el Decreto Supremo N°003-2019-IN –que aprueba el Reglamento del D.L. N° 1428– y el Protocolo interinstitucional de atención de casos de desaparición de personas en situación de vulnerabilidad y otros casos de desaparición.

Adicionalmente, se recalca que, de acuerdo al D.L. N° 1182, los concesionarios de servicios públicos de telecomunicaciones tienen la obligación de proporcionar datos de geolocalización para favorecer el proceso de búsqueda y pronta ubicación de la víctima. No obstante, esto no se cumple debido a que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones y el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) no han establecido las infracciones y sanciones frente a un eventual incumplimiento. Esta situación debe ser evaluada por ambos entes.

De otro lado, la Defensoría del Pueblo insiste en la necesidad de que se mantenga una capacitación permanente al personal policial y de los Centros Emergencia Mujer, Unidades de Protección Especial y la Línea 100. Ello debe realizarse con el objetivo de optimizar la atención y evitar que las denuncias o investigaciones se vean obstaculizadas por la persistencia de estereotipos, prejuicios de género y de la mirada adultocéntrica en el abordaje de casos que comprometen a la niñez y adolescencia.

Finalmente, la Defensoría del Pueblo reitera en que la desaparición de mujeres por particulares debe ser incluida en la Ley N° 30364 y en el Plan Nacional de Violencia de Género 2016-2021 como una forma de violencia de género. Esto permitirá darle mayor visibilidad al problema, especializar los servicios de atención y formular políticas públicas preventivas desde un enfoque interseccional, además de plantear mecanismos de acción en cada región de acuerdo con las particularidades del territorio.

Puede ver el reporte ¿Qué pasó con ellas? – noviembre 2020 en el siguiente link: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2020/12/Reporte-N-10-Qu%C3%A9-pas%C3%B3-con-ellas.pdf.