Defensoría del Pueblo: más de mil personas son afectadas por desborde de aguas residuales en Tumbes

Nota de prensa
Sunass y Otass deben tomar medidas urgentes para garantizar el adecuado mantenimiento del sistema de alcantarillado

27 de noviembre de 2020 - 9:12 a. m.

Nota de Prensa N° 1445/OCII/DP/2020
 
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Tumbes demandó al prestador de los servicios de saneamiento en Tumbes, Unidad Ejecutora 02 – Servicios de Saneamiento y Agua Tumbes (Otass), y a la Superintendencia Nacional de Administración de Servicios de Saneamiento (Sunass), adoptar medidas para salvaguardar la salud pública de más de mil usuarios del servicio en el Barrio San José, ante el desborde de aguas residuales en la zona. 

Hace dos semanas, alrededor de las viviendas del barrio San José el sistema de alcantarillado colapsó, generando el desborde de aguas residuales domésticas que provocan olores fétidos poniendo en riesgo la salud de las personas que allí habitan. En una supervisión con representantes del sector salud, se detectó la grave afectación de una vivienda en la cual viven personas adultas mayores, por lo que se solicitó al Otass realizar la desinfección inmediata y la limpieza con cal.

Sobre el particular, el jefe de la oficina de la Defensoría del Pueblo en Tumbes, Abel Chiroque señaló que acorde al artículo 71 del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, el Otass como prestador responsable del servicio en Tumbes, debe operar y mantener en condiciones adecuadas los componentes de los sistemas de saneamiento, así como ejecutar programas de mantenimiento preventivo, con el objeto de prestar dichos servicios con oportunidad y eficiencia

Asimismo, el representante de la institución exigió a Sunass y Otass restituir el derecho de la población del barrio San José a recibir la prestación de un servicio público de calidad; y que se destinen los recursos necesarios para la reparación y revisión de la red de alcantarillado.

Finalmente, cabe recordar que la Constitución Política del Perú, en el artículo 7-A reconoce el derecho universal y progresivo de toda persona de acceder al agua potable. Asimismo, señala que el Estado promueve el manejo sostenible del agua, reconocido como un recurso natural esencial y como tal, constituye un bien público y patrimonio de la Nación.