Defensoría del Pueblo: uso de la fuerza policial en Juliaca debe ser proporcionado y razonable
Nota de prensa
4 de noviembre de 2020 - 1:26 p. m.
Nota de Prensa Nº 1311/OCII/DP/2020
- Durante una intervención policial del 30 de octubre efectivos realizaron disparos al aire y usaron bombas lacrimógenas.
El módulo de la Defensoría del Pueblo en Juliaca demandó a la Policía Nacional del Perú (PNP) de San Román a emplear excepcionalmente las armas de fuego en sus intervenciones. Asimismo, exhortó a la institución al uso de la fuerza de manera progresiva y diferenciada, de conformidad con los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad. Este requerimiento se realizó tras tomar conocimiento que el pasado viernes 30 de octubre, un grupo de efectivos policiales intervino de forma violenta un inmueble, realizando disparos al aire y utilizando bombas lacrimógenas.
“Si bien la Policía tiene por finalidad fundamental garantizar, mantener y reestablecer el orden interno, su labor debe contar con otros medios disponibles menos lesivos para tutelar la vida e integridad de las personas. Además, su accionar se debe enmarcar en los principios de legalidad, necesidad y proporcionalidad del Manual de Derechos Humanos Aplicados a la Función Policial. Por lo tanto, solicitamos que se garantice el respeto de los derechos fundamentales de las personas y que se evalúe la idoneidad del operativo”, sostuvo el coordinador del módulo de la Defensoría del Pueblo, Nivardo Enríquez.
Cabe recordar que la Constitución Política en su Art. 1º señala que la defensa de la persona humana y el respeto de su dignidad son el fin supremo de la sociedad y del Estado. Asimismo, todo funcionario y/o servidor público está al servicio de la Nación y conforme al Art. 44º de la Constitución Política del Estado “son deberes primordiales del Estado (…) garantizar la plena vigencia de los derechos humanos”, por lo tanto, su actuación debe estar sujeto a las normas constitucionales, respetando derechos, y entre ellas, el derecho a la vida y la integridad física, principalmente de las personas con riesgo de vulnerabilidad como niñas, niños y adultos mayores.
Finalmente, el módulo de la Defensoría del Pueblo en Juliaca señaló que el Código de Conducta para funcionarios encargados de hacer cumplir la ley establece que deben servir a la comunidad y proteger a las personas con responsabilidad y profesionalismo, considerando que el uso de la fuerza constituye siempre un recurso excepcional. De esta forma, en la medida de lo posible, se deben hacer uso de medios no violentos, antes de recurrir al empleo de la fuerza y armas.