Defensoría del Pueblo destaca que Corte Superior de Cajamarca realice audiencia con intérprete en lengua de señas
Nota de prensaFotos: Defensoría del Pueblo
15 de octubre de 2020 - 2:39 p. m.
Nota de Prensa N° 1143/OCII/DP/2020
La oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca saludó la decisión de la Corte Superior de Justicia de esta región que, acogiendo un requerimiento de la institución, identificó y atendió la necesidad de contar con un intérprete en lengua de señas durante una audiencia única que involucraba a dos personas con discapacidad auditiva.
El caso fue atendido hace algunos meses por la oficina defensorial, cuando una ciudadana con discapacidad auditiva que buscaba orientación para proceder con una demanda de alimentos a favor de sus dos hijos menores de edad pidió el apoyo de la dependencia. Es así que, la institución coordinó que la Defensa Pública le asigne una abogada o abogado para la presentación de su demanda.
Al constatar que la Defensa Pública no contaba con intérprete en lengua de señas, la oficina de la Defensoría del Pueblo en Cajamarca, con apoyo de la intérprete de la institución, garantizó el acceso a la comunicación e información de la ciudadana hasta que logró presentar su demanda. No obstante, advirtió la necesidad y recomendó a la Defensa Pública que implemente los servicios de intérpretes en lengua de señas, para atender a la comunidad sorda en la región.
Posteriormente, la oficina defensorial realizó las coordinaciones con el juzgado para que designe a una o un intérprete en lengua de señas, a fin de que se encuentre presente durante la realización de la audiencia única y esta se pueda desarrollar con total accesibilidad en la comunicación, garantizando así el acceso a la justicia y el respeto a los derechos fundamentales de las personas sordas.
En ese contexto, la institución advirtió que algunos servidores judiciales desconocían la existencia de un perito intérprete en lengua de señas para atender las necesidades de los diversos juzgados, por lo cual instó a la Corte Superior de Justicia de Cajamarca a socializar entre dichas instancias judiciales la existencia de este servicio.
Asimismo, recordó que, de acuerdo a la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y la Ley N° 29973 Ley General de la Persona con Discapacidad, el servicio del intérprete en lengua de señas garantiza el derecho a la comunicación de las personas sordas, a fin de que accedan a servicios públicos de calidad. Este derecho también se encuentra amparado en la Ley N° 29535, que otorga reconocimiento oficial a la Lengua de Señas Peruana.
Finalmente, la oficina de la Defensoría del Pueblo en esta región recordó que es una obligación de las entidades públicas contar con el servicio de intérprete en lengua de señas para eliminar las barreras que impiden el acceso a la información y la comunicación de las personas sordas. Asimismo saludó la disposición de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca de designar una intérprete en este caso en el que participaron dos personas con discapacidad auditiva, e instó a las demás instituciones públicas y privadas que brindan servicios de atención al público, contar con intérpretes en lengua de señas.
La Defensoría del Pueblo, en su condición de Mecanismo Independiente encargado de promover, proteger y supervisar el cumplimiento de la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, seguirá atenta a las necesidades de este grupo vulnerable.