Defensoría del Pueblo: establecimientos de salud deben atender casos de emergencia sin condicionamientos en Satipo

Nota de prensa
Ciudadano no fue admitido en hospital de EsSalud pese a tratarse de una emergencia.

Fotos: EsSalud

25 de setiembre de 2020 - 2:19 p. m.

Nota de Prensa N° 966/OCII/DP/2020

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El módulo de la Defensoría del Pueblo en Satipo requirió al Hospital EsSalud del distrito de Río Negro garantizar la atención inmediata de la ciudadanía en casos de emergencia, así como mantener actualizada la información de las y los pacientes asegurados respecto a los aportes mensuales.

Recientemente, la institución tomó conocimiento que el personal del servicio de emergencia del referido establecimiento de salud habría negado la atención a un docente pese a presentar síntomas graves de COVID-19. Según la denuncia del ciudadano, una enfermera habría justificado esta negativa en que el paciente no se encontraría al día en sus aportes a EsSalud.

Ante ello, el módulo defensorial se puso en contacto con el HospitalEsSalud de Río Negro y recordó a las autoridades sanitarias que la ley Nº 29414 establece que todos los establecimientos de salud públicos y privados están en la obligación de brindar atención médica oportuna y de calidad a los pacientes que llegan por una emergencia. Asimismo, reiteró que en ningún caso se puede condicionar la atención a algún pago previo o a la presentación de un documento, incluso el DNI.En esta línea, se exigió, también, capacitar al personal para que situaciones similares no se repitan.

Tras la intervención defensorial, el establecimiento de salud, mediante la Nota Informativa Nro. 0011-UARC-HIRN-RAJU-ESSALUD-2020, dispuso la atención en todos los casos de emergencia, independientemente de sus aportes y si se encuentran o no asegurado.

El módulo de la Defensoría del Pueblo en Satipo expresó que permanecerá vigilante para que los derechos de la población a acceder a atención en emergencia en cualquier establecimiento de salud, no sean afectados.