Defensoría del Pueblo: antes de la pandemia, diagnóstico definitivo de niñas, niños y adolescentes con cáncer demoraba más de dos meses y medio
Nota de prensa
Fotos: El Espectador
24 de julio de 2020 - 11:48 a. m.
El cáncer infantil afecta a muchas niñas, niños y adolescentes y tiene consecuencias graves sobre sus vidas y familias. Según la OPS, se estima que, en el Perú, al menos, 1800 niños, niñas y adolescentes padecerían de cáncer cada año. Sin embargo, solo 1350 logran ser diagnosticados anualmente en los hospitales del Ministerio de Salud (Minsa) y la Seguridad Social (EsSalud). Es decir, un promedio de 450 casos no tendría un diagnóstico oficial de esta enfermedad.
En el 2019, mediante un estudio sobre la situación de niñas, niños y adolescentes con cáncer y sus familias, la Defensoría del Pueblo identificó una serie de problemas, entre ellos, la demora en la detección inicial y el diagnóstico final y la demora en acceder al servicio (por ejemplo, la obtención de cita en consultorios externos de oncología pediátrica en Lima, demora 23 días). Asimismo, se han advertido barreras económicas, y geográficas en el acceso a los servicios de salud, problemas en la derivación para la atención en establecimientos de Lima, dificultades en la estancia de familiares y la centralización de los servicios.
En esa misma línea, el boletín da cuenta de otras dificultades en el proceso de diagnóstico y tratamiento, advertidas por la OPS en Perú, tales como el diagnóstico tardío (69 % de casos se detectan en estadios III, IV y V) y el abandono del tratamiento (18,4 % de niñas/os con cáncer abandona el tratamiento, por lo que su fallecimiento se debería a este hecho). A todos estos problemas, se suma la falta de un programa especial y un registro de cáncer infantil, así como la suspensión de algunos servicios en el contexto de la pandemia, lo que ha originado que muchos niños, niñas con cáncer infantil no reciban la atención correspondiente, vulnerándose de esta manera su derecho al disfrute del más alto nivel posible de salud.
La Defensoría del pueblo recuerda que el Estado peruano, al haber ratificado la Convención sobre los Derechos del Niño, tiene la obligación de respetar el derecho de los niños, niñas y adolescentes, al disfrute del más alto nivel posible de salud y a garantizar servicios para el tratamiento de las enfermedades y la rehabilitación de la salud. Por ende, ninguna persona menor de edad debería ser privada del disfrute de los servicios sanitarios, aun cuando estemos en contexto de emergencia sanitaria. Al respecto, el Comité de los Derechos del Niño, ha señalado que, a pesar de la creciente presión sobre los sistemas de salud y la escasez de recursos, se debe mantener la provisión de servicios básicos para niños, incluyendo atención médica y no negarles el acceso a tratamientos no relacionados con COVID-19 como el cáncer.
Además de las obligaciones del Estado peruano sobre la materia, el boletín se ocupa también de las medidas urgentes a implementar, tales como promover, por parte del Ministerio de Salud, la respuesta intersectorial e intergubernamental para la lucha contra el cáncer infantil, y aprobar una ley para la detección oportuna y atención integral de dicha enfermedad que permitirá crear el Programa Nacional de Cáncer en Niños y Adolescentes y el Registro Nacional de Niños y Adolescentes con Cáncer, así como establecer la licencia con goce de haber en centros laborales a madres/padres de niñas, niños y adolescentes con cáncer, entre otros.
La atención oportuna y adecuada de los niños, niñas y adolescentes con cáncer representa un gran reto para el país. Por ello, la Organización Mundial de la Salud eligió, en junio del 2019, al Perú como país piloto para la Iniciativa Global contra el Cáncer Infantil en la región de las Américas, con la finalidad de mejorar los diversos problemas que ellos y ellas y sus familias enfrentan, lo que les impide continuar con un proyecto de vida digna y con oportunidades de bienestar y desarrollo integral.
Finalmente, la Defensoría del Pueblo considera que, el contexto de la emergencia sanitaria por la Covid-19 no debe significar una excusa para desatender las necesidades de los niños, niñas y adolescentes con cáncer. Por tanto, corresponde al Estado garantizar el acceso ininterrumpido a servicios sanitarios para la detección precoz y la atención continua de su salud, en estricto respeto del principio del interés superior de la niñez.
Puede ver el Boletín sobre el derecho de niñas, niños y adolescentes con cáncer al disfrute del más alto nivel posible de salud en el siguiente link: https://www.defensoria.gob.pe/wp-content/uploads/2020/07/Bolet%C3%ADn-Ni%C3%B1ez.pdf