Defensoría del Pueblo: actos protocolares del Poder Judicial no deben afectar atención de casos de personas detenidas
Nota de prensaCon ocasión del Día del Juez se verificó que algunos despachos judiciales no resolvieron situación de detenidos desde el viernes.

Fotos: Propia de la Defensoría del Pueblo
5 de agosto de 2024 - 4:07 p. m.
Por segunda vez, en lo que va del año, la Defensoría del Pueblo advierte con preocupación que los actos protocolares programados por el Poder Judicial afectan la atención oportuna de casos de personas detenidas por requisitorias, originando que el tiempo de detención supere el plazo máximo legal de 48 horas.
El día de hoy se advirtió que en el Departamento de Requisitorias de la Policía Nacional había personas detenidas desde el último viernes, tras las órdenes de captura emitidas por distintos juzgados y salas de la Corte Superior de Lima. No obstante, este lunes no pudieron ser trasladadas a los despachos que emitieron dichas medidas debido a la celebración por el Día del Juez.
Esta negativa por parte de algunos órganos jurisdiccionales, como la Novena Sala Penal Liquidadora de Lima y el Segundo Juzgado de Paz Letrado de San Isidro, genera preocupación a la Defensoría del Pueblo debido a que prolonga la detención de personas, impidiendo que se resuelva su situación jurídica dentro del plazo máximo de detención. Así lo manifestó la jefa del Programa de Personas Privadas de la Libertad de la Defensoría del Pueblo, Flor del Carmen Sobero Niño, quien explicó que los casos que no han sido atendidos el día de hoy tampoco podrán ser vistos mañana, 6 de agosto, debido al feriado nacional por la conmemoración de la Batalla de Junín.
“Es oportuno recordar que la situación jurídica de las personas detenidas por orden de captura debe ser resuelta por los órganos jurisdiccionales en el plazo máximo de 48 horas o en el término de la distancia, tal como está previsto en nuestra Constitución Política”, sostuvo la representante de la Defensoría del Pueblo. En ese sentido, precisó que la falta de atención de casos de personas detenidas ocasionará que algunas personas permanezcan privadas de libertad por un tiempo superior al plazo máximo establecido en la norma constitucional.
Cabe indicar que una situación similar se produjo a inicios del año, con ocasión de la celebración del inicio del año judicial, lo que motivó que se suspendiera la atención de los casos de personas que se encontraban detenidas en ese momento. Al respecto, la representante de la institución aclaró que los eventos protocolares no deben afectar la atención de asuntos urgentes como son los casos de personas detenidas que esperan que se resuelva su situación jurídica, por lo que exhortó al Poder Judicial a adoptar las medidas administrativas que resulten más efectivas para garantizar que los actos institucionales no afecten la continuidad de los servicios de justicia.
De otro lado, sostuvo que el Tribunal Constitucional ha señalado, en un precedente vinculante, que la privación de la libertad personal por tiempos superiores al plazo máximo para la detención resulta lesivo y constituyen detenciones arbitrarias. Finalmente, dio a conocer que ha enviado un documento a la Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial en el que solicita que informe las acciones que se adoptarán para evitar que las celebraciones internas de dicha entidad no afecten el derecho de las personas detenidas a que se resuelva sus situaciones jurídicas con urgencia.