Defensoría del Pueblo exhorta a Sedapal a brindar solución a filtración de aguas residuales en vía pública del distrito de SMP

Nota de prensa
En las inmediaciones de la zona del aniego se encuentra el centro educativo Génesis.
En ese sentido, la Defensoría del Pueblo ha requerido a Sedapal S.A. adoptar medidas inmediatas en el tema e informar sobre las acciones administrativas y/o legales que ha implementado ante el titular del suministro y la autoridad municipal a fin de atender la denuncia vecinal para garantizar el adecuado uso de los servicios públicos y evitar mayores daños a la salud de las personas.

Fotos: Propia de la Defensoría del Pueblo

3 de agosto de 2024 - 8:15 a. m.


En atención a la denuncia ciudadana por el constante desborde de aguas residuales en la caja de desagüe ubicada frente a una vivienda multifamiliar en la calle Manuel Vegas, urbanización Antares, en el distrito de San Martín de Porres, la Defensoría del Pueblo constató en la zona la filtración en mención, hecho que representa un grave riesgo la salud de las personas.

Los vecinos de la zona indicaron que la presencia de aguas servidas datan de hace aproximadamente dos años, produciendo un olor insoportable, el constante deterioro de pistas y veredas, además de la proliferación de roedores, afectando a los alumnos de la Institución Educativa Particular (IEP) “Genes”, ubicada en las inmediaciones de la zona. A la fecha, si bien personal de la empresa Sedapal S.A. ha acudido al lugar, hasta el momento no adopta ninguna solución técnica.

Cabe señalar que de acuerdo al artículo 45 de la Resolución N° 058-2023-SUNASS-CD, que aprueba el Texto Único Ordenado del Reglamento de Calidad de la Prestación de los Servicios de Saneamiento, los titulares de las conexiones domiciliarias y los usuarios de las mismas son solidariamente responsables del estado y conservación de las instalaciones internas del predio, así como por los daños que sus desperfectos ocasionen a la red del servicio o a terceros.

Asimismo, el artículo 48 del mencionado reglamento establece que la empresa puede inspeccionar y revisar las instalaciones sanitarias al interior del predio a solicitud del titular de la conexión, el usuario, de terceros o por propia iniciativa; y proponer la reparación interna pertinente o ejecutarla cuando el usuario la solicite, el desperfecto afecte a terceros o perjudique el sistema de agua potable y alcantarillado. En estos casos, los costos los asume el titular de la conexión, sin perjuicio de la acción legal correspondiente por parte de los afectados.

En ese sentido, la Defensoría del Pueblo ha requerido a Sedapal S.A. adoptar medidas inmediatas en el tema e informar sobre las acciones administrativas y/o legales que ha implementado ante el titular del suministro y la autoridad municipal a fin de atender la denuncia vecinal para garantizar el adecuado uso de los servicios públicos y evitar mayores daños a la salud de las personas.

La Defensoría del Pueblo ha solicitado una reunión con autoridades de Sedapal para encontrar una solución definitiva a la denuncia vecinal referida a la calidad del servicio de alcantarillado. A ello sumaremos las constantes quejas que recibimos por cobros excesivos en sus tarifas