Resolución Administrativa N.° 0031-2024-DP-FE
FE DE ERRATAS
30 de mayo de 2025
Dice:
“(…)
Que, en consecuencia, a través del Informe N° 124-2024-DP/OGDH, de fecha 23 de febrero de 2024, la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano concluye que: “Consideramos procedente designar en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Coordinación Territorial, correspondiente al cargo CAP-P N° 285, con Nivel y Categoría D7-A al señor Luis Armando Marill Del Águila, a partir del 24 de febrero de 2024. La mencionada acción de personal se ajusta a la normatividad laboral vigente y normas internas de la Defensoría del Pueblo.”;
(…)”.
Debe decir:
“(…)
Que, en consecuencia, a través del Informe N° 124-2024-DP/OGDH, de fecha 23 de febrero de 2024, la Oficina de Gestión y Desarrollo Humano concluye que: “Consideramos procedente designar en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Coordinación Territorial, correspondiente al cargo CAP-P N° 289, con Nivel y Categoría D7-A al señor Luis Armando Marill Del Águila, a partir del 24 de febrero de 2024. La mencionada acción de personal se ajusta a la normatividad laboral vigente y normas internas de la Defensoría del Pueblo.”;
(…)”.
Dice:
“(…)
Que, con el Informe N° 154-2024-DP/OAJ, de fecha 23 de febrero de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta procedente que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que designe al señor Luis Armando Marill del Águila en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo, correspondiente al cargo CAP-P N° 285, con Nivel y Categoría D7-A, a partir del 24 de febrero de 2024, de acuerdo a lo sustentado en los Informes N° 123-2024-DP/OGDH y N° 124-2024-DP/OGDH.”;
(…)”.
Debe decir:
“(…)
Que, con el Informe N° 154-2024-DP/OAJ, de fecha 23 de febrero de 2024, la Oficina de Asesoría Jurídica concluye que: “(…) resulta procedente que el Titular de la Entidad emita el acto resolutivo que designe al señor Luis Armando Marill del Águila en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo, correspondiente al cargo CAP-P N° 289, con Nivel y Categoría D7-A, a partir del 24 de febrero de 2024, de acuerdo a lo sustentado en los Informes N° 123-2024-DP/OGDH y N° 124-2024-DP/OGDH.”;
(…)”.
Dice:
“Artículo Primero. -DESIGNAR al señor Luis Armando MARILL DEL ÁGUILA en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo, correspondiente al cargo CAP-P N° 285, con Nivel y Categoría D7-A, con eficacia anticipada, a partir del 24 de febrero de 2024.”.
Debe decir:
“Artículo Primero. - DESIGNAR al señor Luis Armando MARILL DEL ÁGUILA en el cargo de confianza de Director de la Dirección de Coordinación Territorial de la Defensoría del Pueblo, correspondiente al cargo CAP-P N° 289, con Nivel y Categoría D7-A, con eficacia anticipada, a partir del 24 de febrero de 2024.”.