Defensoría del Pueblo insta a cumplir el deber de protección a la niñez y la adolescencia del país

Pronunciamiento

13 de diciembre de 2022

Ante los lamentables sucesos que vienen ocurriendo en el país y que, hasta el momento, tienen como consecuencia varias personas heridas y fallecidas; entre ellas dos adolescentes, la Defensoría del Pueblo, señala lo siguiente:

  1. La protesta es un derecho humano de todas las personas, lo que incluye a niñas, niños y adolescentes; sin embargo, su ejercicio no debe estar acompañado de actos que violenten derechos de terceros ni afecten los bienes públicos, pues bajo ningún supuesto, la violencia es admisible durante su ejercicio. Por ello, invocamos a toda la ciudadanía a expresar este derecho de manera pacífica y responsable, sobre todo cuando en las manifestaciones sociales se encuentran personas menores de edad. Recordamos que, la manipulación de dichas personas por las/los adultas/os, así como ponerles en situaciones en que se les indica lo que pueden decir o exponerlas/os al riesgo de salir perjudicadas/os por su participación no constituyen prácticas éticas, conforme lo ha señalado el Comité de los Derechos del Niño.
  2. Las niñas, los niños y las/los adolescentes tienen derecho a participar y expresar su opinión, de acuerdo con sus necesidades y preocupaciones ante los asuntos que les afectan, conforme lo disponen la Convención sobre los Derechos del Niño y el Código de los Niños y Adolescentes. Por consiguiente, corresponde al Estado garantizarles condiciones para que, como sujetos de derecho, expresen sus opiniones de forma libre, segura, al igual que las demás personas.
  3. Asimismo, es obligación del Estado garantizar el respeto de los derechos de la niñez y adolescencia, como su protección, libertad e integridad personal. Los casos trágicos de adolescentes fallecidos generan nuestro enérgico rechazo y preocupación; ante estos hechos, esta institución invoca al cese inmediato de la violencia y el uso excesivo de la fuerza contra las personas, especialmente, de niñas, niños y adolescentes que participen en las movilizaciones sociales.
  4. Corresponde al Ministerio Público iniciar y proseguir las investigaciones de manera célere y exhaustiva, para identificar a los autores y cómplices de los hechos ocurridos. Por su parte, la Policía Nacional del Perú, debe ejercer su función con estricto respeto de los derechos humanos. Cualquier uso de la fuerza debe respetar principios de legalidad, razonabilidad, necesidad y proporcionalidad bajo responsabilidad funcional, y, ante detenciones de adolescentes, estas deben ser atendidas con prioridad, trato diferenciado y no revictimización, así como con respeto a su interés superior; para ese propósito, es necesaria la participación de la Defensa Pública del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
  5. Adicionalmente, nos preocupa que la interrupción de los servicios de transporte y el bloqueo de carreteras, ponga en riesgo la integridad de muchas/os niñas, niños y adolescentes y sus familias, y limite su acceso a servicios esenciales como el de salud. En ese sentido, es necesario establecer mecanismos alternativos que les permita llegar oportunamente a su destino y garantizar la continuidad de sus atenciones de salud.
Finalmente, se recuerda a la ciudadanía nuestro deber de mantenernos defendiendo a las personas cuyos derechos estén en riesgo y, en ese sentido, conforme a nuestras funciones, exigir con la mayor firmeza a las autoridades que cumplan con garantizar la protección para todas y todos, principalmente, de la diversidad de niñas, niños y adolescentes en el territorio nacional.

Documentos

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