Defensoría del Pueblo demanda regreso obligatorio a clases presenciales en la educación superior

Comunicado
Fachada DP

Fotos: Defensoría del Pueblo

26 de marzo de 2022 - 10:03 a. m.

Luego de dos años de educación superior virtual, el retorno a la presencialidad en las aulas universitarias resulta imperativo para garantizar adecuadamente las condiciones básicas de calidad universitaria. En ese sentido, la Defensoría del Pueblo manifiesta lo siguiente:

1.    La educación superior de calidad contribuye a la formación integral de profesionales que accederán a trabajos dignos y cualificados, y a la creación de ciudadanas/os comprometidos con el desarrollo productivo del país. El cierre de universidades e institutos afecta la formación profesional de miles de jóvenes, su competitividad y salud emocional, así como las posibilidades de realizar producción académica y científica, aspecto consustancial a la existencia de las universidades. 

2.    El esfuerzo conjunto de las instituciones educativas y el Estado permitió paliar el impacto de la pandemia sobre la educación superior, y, sobre todo, implementar la educación remota que permitió la continuidad educativa de miles de estudiantes. No obstante, la Defensoría del Pueblo considera que la situación sanitaria actual exige que se garantice de manera efectiva la reapertura de universidades e institutos y la educación presencial, pues esta permite el desarrollo educativo con las condiciones básicas de calidad universitaria, como por ejemplo el acceso a bibliotecas, laboratorios, desarrollo de prácticas, entre otros. 
 
3.    De acuerdo al III Informe Bienal sobre la realidad de las universidades en el Perú, en 2020 la tasa de interrupción de estudios en pregrado fue de 18.1 % a nivel nacional, mientras que en 2019 la tasa fue de 6.2 %.
 
4.    En febrero de 2022, el Ministerio de Educación aprobó el retorno a la modalidad presencial y/o semipresencial en las universidades públicas y privadas, así como las escuelas de posgrado, mediante la Resolución Viceministerial n.º 015-2022‑MINEDU. Según la normativa, las universidades deberán definir el modelo híbrido y el porcentaje de presencialidad a implementar, así como desarrollarse bajo seis principios: seguridad, flexibilidad, autodeterminación, equivalencia, accesibilidad y calidad.
 
5.    Sin embargo, la Defensoría del Pueblo sostiene que dicha norma es insuficiente para promover el efectivo retorno a las aulas universitarias de forma presencial, lo que se ve reflejado en las numerosas quejas recibidas por la poca disponibilidad de clases presenciales tras dos años de educación virtual. Es importante tener en consideración que nos encontramos en una etapa de la pandemia distinta a la de los años 2020 y 2021, contando con un avance exitoso de la vacunación y con conocimiento suficiente de las medidas de bioseguridad adecuadas y efectivas para cuidar nuestra salud. 
 
6.    En ese sentido, la Defensoría del Pueblo ha recomendado al Ministerio de Educación modificar la Resolución Viceministerial n.º 015-2022-MINEDU con la finalidad de que se adopte un nuevo marco normativo que acelere la reapertura de universidades e institutos de educación superior, y que se garantice el servicio educativo presencial a miles de jóvenes. A su vez, se exhortó que la nueva regulación establezca la obligatoriedad de la prestación del servicio educativo presencial y que solamente de manera excepcional y debidamente justificada se brinde educación semipresencial y a distancia.