Anexo 4: Cuadro Multianual de Necesidades Bienes, Servicios y Obras

Documento de Gestión

17 de enero de 2024

En cumplimiento Modificación de la Directiva N°0005-2021- EF/54.01 "Directiva para la Programación Multianual de Bienes, Servicios y Obras" y sus Anexos, establece en su artículo 24.2. que el Cuadro multianual de necesidades deberá ser aprobado por el Titular de la Entidad u organización de la entidad, o a quien se hubiera delegado dicha facultad, dentro de los doce (12) días hábiles siguientes a la aprobación del PIA. La aprobación del CMN se efectúa mediante la suscripción del Anexo N°04 de la Directiva.

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ANEXO 4 CMN

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