Ministerio de Cultura determina la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca en Cañete

Nota de prensa
Es debido a la afectación verificada por agentes antrópicos.
Ministerio de Cultura determina la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca
Ministerio de Cultura determina la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca
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Ministerio de Cultura determina la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca
Ministerio de Cultura determina la Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca

Fotos: Ministerio de Cultura

12 de agosto de 2022 - 4:12 p. m.

El Ministerio de Cultura determinó la protección provisional del Sitio Arqueológico Quelca, ubicado en el distrito de Coayllo, provincia de Cañete, por el plazo de dos años.

Esto debido a encontrarse expuesto a posibles afectaciones, que alteran y/o destruyen el sitio poniendo en riesgo el Patrimonio Cultural.

A través de la Resolución Directoral N° 000092-2022-DGPA/MC, se indica que el Sitio Arqueológico Quelca se encuentra siendo objeto de afectación verificada, debido a agentes antrópicos.

Según el Informe Técnico de Viabilidad de la Determinación de la Protección Provisional del Bien Inmueble Prehispánico, el especialista de la Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural, sustenta la propuesta de protección provisional del Sitio Arqueológico Quelca.

Allí se especifica
que, dicho monumento arqueológico prehispánico, viene siendo objeto de afectación verificada debido a la “construcción reciente de reservorios de agua en concreto armado e instalación de mangueras de para riego artificial, el área se encuentra lotizada con marcas de cal y sembríos recientes.”

Esta disposición determina, en el polígono especificado, cuya área es de 68 897.50 m² (6.88975 ha) y cuyo perímetro es de 1 226.13 m., la señalización del monumento arqueológico prehispánico como medida preventiva.

La Protección Provisional del Sitio Arqueológico Quelca tendrá un plazo de dos (02) años, prorrogable por el mismo periodo de tiempo, salvo se identifique afectación directa a los derechos colectivos de pueblos indígenas u originarios; en cuyo caso, el plazo máximo para la declaración y delimitación definitiva del bien será de tres (03) años calendario. 

La Dirección de Control y Supervisión de la Dirección General de Defensa del Patrimonio Cultural tendrá a su cargo la determinación y ejecución de las medidas indicadas en la presente resolución. Así como también, encargar a la dirección de catastro y saneamiento fisco legal, el inicio de la delimitación de los bienes comprendidos en el régimen de protección. 

De igual manera, se encarga a la Dirección de Catastro y Saneamiento Físico Legal, el inicio y conducción coordinada de las acciones administrativas y legales necesarias que permitan su declaración como patrimonio cultural de la Nación y delimitación definitiva. 

Además, la coordinación correspondiente con el Viceministerio de Interculturalidad para la identificación de pueblos indígenas u originarios y el análisis de las posibles afectaciones a los derechos colectivos de dicha población, de ser el caso.