Oficializan Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura

Nota de prensa
Registro contribuirá a asegurar que la población hablante de estas lenguas pueda acceder en condiciones de igualdad a los servicios fundamentales, además de fortalecer la diversidad lingüística como parte del Patrimonio Inmaterial de la Nación.

24 de agosto de 2015 - 12:00 a. m.

Mediante Decreto Supremo N°002-2015 MC se oficializó la creación del Registro Nacional de Intérpretes y Traductores de Lenguas Indígenas u Originarias del Ministerio de Cultura, con el objetivo de consolidar una base de datos oficial que incorpore a ciudadanos y ciudadanas hablantes de lenguas indígenas u originarias del Perú, que hayan sido debidamente capacitados en la interpretación o traducción de dichas lenguas. Se espera que con su participación, ahora acreditada, se dé un importante avance en la garantía de los derechos lingüísticos y el acceso a los servicios públicos con pertinencia lingüística en las diversas entidades del Estado.   La creación del Registro Nacional constituye un paso decisivo en la implementación de los derechos lingüísticos en nuestro país. En este sentido, este Registro contribuirá a asegurar que la población hablante de estas lenguas pueda acceder en condiciones de igualdad a los servicios fundamentales de salud, justicia, educación, información, identidad, etc., a la vez que fortalecerá la diversidad lingüística como parte del Patrimonio Inmaterial de la Nación, reafirmando la identidad cultural de los pueblos indígenas u originarios.   Asimismo, este instrumento permitirá al Estado contar con las herramientas idóneas para garantizar los derechos lingüísticos, promoviendo una real y efectiva inclusión social que genere un mayor grado de aceptabilidad, calidad y eficiencia de la provisión de bienes y servicios públicos.   Cabe mencionar que el Perú es un país pluricultural y multilingüe, en el que cohabitan 47 lenguas indígenas u originarias, con más de 4 millones de  hablantes, por lo que resulta necesaria una política de Estado destinada a garantizar los derechos lingüísticos de los hablantes establecidos en nuestra Constitución -Ley No 29735. Ley de Lenguas Indígenas-, y en instrumentos internacionales de derechos humanos como el Convenio 169 de la OIT, la Declaración de las Naciones Unidas sobre Derechos de los Pueblos Indígenas y la Declaración Universal de Derechos Lingüísticos.   Finalmente, el Ministerio de Cultura espera ampliar la formación de intérpretes y traductores, y convocar a las autoridades y funcionarios del sector público para que puedan trabajar coordinadamente con ellos y así cubrir las demandas, sobre todo en regiones y provincias, superando las barreras lingüísticas y promoviendo el acceso equitativo a los servicios que brinda el Estado, a los que todos tenemos derecho.