Ministerio de Cultura aprueba directiva que permite mayor presencia del Estado en las Reservas Territoriales
Nota de prensa
7 de enero de 2014 - 12:00 a. m.
Estos criterios se encuentran en la Resolución Viceministerial 011-2013-VMI-MC, que aprueba la Directiva ?Normas, Pautas y Procedimientos que Regula las Autorizaciones Excepcionales de Ingresos a las Reservas Indígenas?, publicada en el diario oficial El Peruano el 24 de diciembre último.
Este es el primer documento que elabora el Ministerio de Cultura (MINCU) para establecer las pautas para otorgar autorizaciones extraordinarias de ingreso por parte de los agentes estatales a las Reservas Territoriales, a fin de proteger los derechos de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y en Contacto Inicial.
De manera eficaz y oportuna, esta directiva precisa los pasos a seguir por parte del Estado para acceder a dicha autorización, únicamente en los casos estipulados por la Ley N° 28736 ? Ley para la protección de los Pueblos Indígenas en Aislamiento y en Contacto Inicial.
Así, el documento precisa la necesidad de cumplir con el principio de alta vulnerabilidad, considerando la sensibilidad que ostentan estas poblaciones ante el contacto con terceros, así como con el principio de prevención y el precautorio, que busca facilitar la adopción de medidas oportunas y diferenciadas según su condición de aislamiento o en contacto inicial, además de su ambiente.
Cabe mencionar que el procedimiento para otorgar una autorización excepcional de ingreso puede iniciarse ante la Dirección General de Derechos de los Pueblos Indígenas, en virtud de una denuncia que pueda formular cualquier ciudadano, o por una comunicación que pueda realizar alguna entidad estatal; siempre en función de los supuestos previstos por Ley.
Asimismo, este instrumento de gestión del MINCU señala que cada ingreso extraordinario será realizado con el acompañamiento obligatorio de personal del Viceministerio de Interculturalidad y del sector salud, así como de una persona que conozca el idioma originario de los pobladores de la zona, a fin de resguardar los derechos de aquellos en Aislamiento y en Contacto Inicial.