Busto de José Olaya Balandra es declarado como Patrimonio Cultural de la Nación

Nota de prensa
Se encuentra en la Estación de la Compañía de Bomberos N° 13 “José Olaya”, en el distrito de Chorrillos.
Busto José Olaya Balandra

Fotos: OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL

OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL

1 de febrero de 2021 - 1:41 p. m.

El busto del reconocido héroe nacional, José Olaya Balandra, ubicado en la Estación de la Compañía de Bomberos N° 13 “José Olaya” en el distrito de Chorrillos, fue declarado como Patrimonio Cultural de la Nación.

El bien representa escultóricamente al héroe José Olaya Balandra en busto, el cual data de 1867, elaborado en bronce vaciado y cincelado en sus detalles. Aparece firmado "S. Gómez Carrillo" en la zona inferior derecha.

La declaratoria como Patrimonio Cultural de la Nación del referido bien, por parte del Ministerio de Cultura, se da en razón de presentar los valores histórico, artístico y militar. Representa un valor histórico, debido a que forma parte de la historia del distrito de Chorrillos, habiéndose creado específicamente para el homenaje de los vecinos al héroe y mártir de la independencia peruana.

Asimismo, está asociado al acervo de la Estación de la Compañía de Bomberos N° 13 “José
Olaya”, una de las más antiguas de su tipo en el país. El valor artístico es porque el bien constituye el busto de José Olaya Balandra más antiguo que se conserva, siendo exponente de la manufactura en bronce y la calidad del arte escultórico del último tercio del siglo XIX.

Mientras que el valor social, es porque el busto de José Olaya Balandra recoge la intención del Estado de ofrecer a la sociedad peruana la imagen gloriosa del máximo héroe chorrillano como un modelo integrador de lealtad, heroísmo y defensa de la libertad, motivo por el cual es necesaria su conservación y difusión.

Cabe destacar que el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, prescribe que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográficos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que se encuentran protegidos por el Estado.

En tanto, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio
Cultural de la Nación y sus modificatorias, define como bien integrante del Patrimonio Cultural de la Nación a toda manifestación del quehacer humano -material o inmaterial- que
por su importancia, valor y significado paleontológico, arqueológico, arquitectónico, histórico, artístico, militar, social, antropológico, tradicional, religioso, etnológico, científico, tecnológico o intelectual, sea expresamente declarado como tal o sobre el que exista la presunción legal de serlo. Dichos bienes tienen la condición de propiedad pública o privada con las limitaciones que establece dicha ley.