Conoce la BDPI: plataforma con información en permanente actualización sobre pueblos indígenas u originarios
Nota de prensa22 de julio de 2020 - 8:32 p. m.
El Ministerio de Cultura viene actualizando de manera permanente la lista de localidades de pueblos indígenas u originarios a nivel nacional, con la finalidad de brindar información sociodemográfica, estadística y geográfica para que los distintos niveles de gobierno implementen políticas públicas con pertinencia cultural, resguardando sus derechos colectivos.
A la fecha se cuenta con 8,984 localidades de pueblos indígenas u originarios a nivel nacional, correspondiendo a la cifra más importante que ha alcanzado la Base de Datos Oficial de Pueblos Indígenas u originarios (BDPI) del Viceministerio de Interculturalidad en sus 8 años de funcionamiento.
La Base de Datos de Pueblos Indígenas u Originarios (BDPI) sirve como fuente de información importante en el marco de los procesos de Consulta Previa, es decir, incluye la ubicación y número de los pueblos indígenas u originarios identificados por el Ministerio de Cultura.
En el Perú existen 55 pueblos indígenas u originarios que hablan 48 lenguas distintas, con alfabetos oficiales y cuentan con características étnicas y culturales diferenciadas como su relación y respeto por el territorio.
Importante
La BDPI es una herramienta esencial para los procesos de consulta previa. Las entidades promotoras (Estado) analizan su información y en caso necesiten data más precisa para identificar a qué pueblos consultar, recolectan y sistematizan información. Esta nueva información debe ser entregada al Ministerio de Cultura para su evaluación e incorporación a la BDPI.
En ese sentido, la BDPI se encuentra en permanente actualización por lo que no supone un registro y por ello, los derechos colectivos de los pueblos indígenas u originarios son reconocidos independientemente de encontrarse listados en la BDPI.
Contar con información actualizada sobre las localidades pertenecientes a pueblos indígenas u originarios, permitirá resguardar la consulta previa, otros derechos colectivos y la implementación de políticas públicas con pertinencia cultural.