Altura para la Cultura impulsará la recuperación, conservación y puesta en valor de las casonas y edificios considerados patrimonio

Nota de prensa
• Decreto Supremo publicado hoy dispone la implementación de proyecto piloto en las municipalidades de Trujillo, Arequipa y Maynas.

OFICINA DE COMUNICACIÓN E IMAGEN INSTITUCIONAL.

23 de julio de 2018 - 7:09 p. m.

Con el objetivo de impulsar la recuperación, conservación y puesta en valor del patrimonio cultural inmueble, hoy se publicó en el diario oficial El Peruano el Decreto Supremo N° 011-2018-Vivienda, el cual dispone la implementación de Altura para la Cultura, mecanismo que facilitará la inversión privada en casonas y edificios con dicha calificación.

De acuerdo con la norma, el proyecto piloto comprende las municipalidades provinciales y distritales de Arequipa, Trujillo y Maynas, con zonas monumentales declaradas Patrimonio Cultural de la Nación, y se ejecutará mediante la aplicación de los Derechos Adicionales de Edificación Transferibles (DAET), constituidos por el potencial constructivo no aprovechado en los inmuebles históricos y que pueden ser transferidos a inmuebles seleccionados en otros lugares de la ciudad.

Este dispositivo fue trabajado en conjunto con el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, y permitirá a los propietarios de las casonas negociar la compra de sus aires con un empresa inmobiliaria, lo cual a su vez le permitirá a la inmobiliaria construir otros pisos y, a cambio, ganará un derecho que puede negociar en otras zonas que no son patrimonio.

La puesta en marcha de Altura para la Cultura también promoverá el ordenamiento, mejoramiento, protección e integración de los centros poblados, urbanos y rurales; además de impulsar la inversión inmobiliaria, contribuir a la modernización de municipalidades e incrementar sus recursos económicos.

Saneamiento express

Así también, el sábado se publicó la disposición complementaria del DL N° 1358, que establece una regla especial para los casos de resoluciones emitidas por el Ministerio de Cultura referidas a la declaración e inscripción registral de bienes inmuebles de carácter prehispánico como partes integrantes del Patrimonio Cultural de la Nación.

Con la modificación se estima que el plazo que demanda la inscripción registral de las resoluciones administrativas destinadas a la declaración, que actualmente y en situaciones ideales demora un promedio de ocho (8) meses para los casos que no requieren de consulta previa, y entre diez (10) a once (11) meses cuando requiere de consulta previa, reducirían su duración a un aproximado de cuatro (4) meses en el primer tipo y de seis (6) a siete (7) meses en el segundo tipo.

La directa publicación en los medios escritos de circulación masiva, prescindiendo de la modalidad de la notificación personal, permitirá que el Ministerio de Cultura pueda llevar a cabo dicha labor de forma ágil y expeditiva.

El saneamiento físico legal permitirá ejercer una protección adecuada sobre los bienes y aumentar el abanico de sitios arqueológicos sobre los cuales se puedan realizar proyectos de inversión pública que puedan ser puestos a disposición de la ciudadanía

Lima, 23 de julio de 2018