Resolución Ministerial N.° 102-2025-MC
22 de abril de 2025
Modificación del artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 000452- 2024-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC
Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Delegar en el/la Viceministro/a de Interculturalidad durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones:
a. Aprobar directivas y/o manuales, así como todo documento normativo, en el marco de sus competencias.
b. Suscribir acuerdos de cooperación internacional, memorándum de entendimiento, intercambio de experiencias u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas, en las áreas de su competencia, con sujeción al marco jurídico vigente; a excepción de aquellos que revistan de especial importancia para el sector, según informe técnico del órgano proponente.
c. Emitir resoluciones de identificación de agravios que causen los actos administrativos emitidos por sus órganos de línea y los/las Directores/as de Órganos Desconcentrados de las Direcciones Desconcentradas de Cultura, de acuerdo al marco de sus competencias.”
Modificar el artículo 2 de la Resolución Ministerial Nº 000452-2024-MC, modificada por la Resolución Ministerial N° 000016-2025-MC, el cual queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 2.- Delegar en el/la Viceministro/a de Interculturalidad durante el Ejercicio Fiscal 2025, las siguientes facultades y atribuciones:
a. Aprobar directivas y/o manuales, así como todo documento normativo, en el marco de sus competencias.
b. Suscribir acuerdos de cooperación internacional, memorándum de entendimiento, intercambio de experiencias u otros instrumentos de igual o similar naturaleza, así como sus respectivas adendas, en las áreas de su competencia, con sujeción al marco jurídico vigente; a excepción de aquellos que revistan de especial importancia para el sector, según informe técnico del órgano proponente.
c. Emitir resoluciones de identificación de agravios que causen los actos administrativos emitidos por sus órganos de línea y los/las Directores/as de Órganos Desconcentrados de las Direcciones Desconcentradas de Cultura, de acuerdo al marco de sus competencias.”