Resolución Ministerial N.° 198-2024-MC
9 de mayo de 2024
Modificación del artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 000520-2023-MC Modificar el artículo 8 de la Resolución Ministerial N° 000520-2023-MC, el cual queda redactado con el siguiente texto:
“Artículo 8.- Vigencia del Grupo de Trabajo
El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de ciento cincuenta (150) días hábiles contados desde el día siguiente de su instalación”.
“Artículo 8.- Vigencia del Grupo de Trabajo
El Grupo de Trabajo tiene una vigencia de ciento cincuenta (150) días hábiles contados desde el día siguiente de su instalación”.