Decreto Supremo N.° 004-2021-MC (PUBLICACIÓN DE EL PERUANO)

12 de marzo de 2021

Modificación del artículo 4 del Decreto Supremo Nº 003-2011-MC, Decreto Supremo que modifica la conformación de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu - UGM
Modifícase el artículo 4 del Decreto Supremo Nº 003-2011-MC, Decreto Supremo que modifica la conformación de la Unidad de Gestión del Santuario Histórico de Machupicchu – UGM, respecto a la conformación del Comité Técnico y la denominación de la Dirección Desconcentrada de Cultura del Cusco y de la Jefatura del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu, que queda redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4. Conformación del Comité Técnico El Comité Técnico está conformado por:
− El/La Viceministro/a de Patrimonio Cultural e Industrias Culturales del Ministerio de Cultura.
− El/La Viceministro/a de Turismo.
− El/La Jefe/a del Servicio Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado – SERNANP.
− El/La Gerente Regional de Recursos Naturales y Gestión del Medio Ambiente del Gobierno Regional del Cusco.
− El/La Director/a de la Dirección Desconcentrada de Cultura de Cusco – DDC Cusco.
− El/La Jefe/a del Santuario Histórico de Machupicchu del SERNANP.
− El/La Jefe/a del Parque Arqueológico Nacional de Machupicchu de la DDC Cusco.
− El/La Director/a Regional de Comercio Exterior y Turismo del Cusco.
− Un/a representante de la Municipalidad Distrital de Machupicchu.
− Un/a representante de la Municipalidad Distrital de Santa Teresa.
El/La Secretario/a Técnico/a del Comité Directivo preside el Comité Técnico, integrándose a este.Los miembros del Comité Técnico podrán acreditar a un/a representante alterno/alterna que lo/la sustituirá en caso de ausencia, con las mismas atribuciones que el/la titular.”

Documentos

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