Decreto Supremo N.° 012-2020-MC
3 de setiembre de 2020
Créase el “Servicio de Interpretación y Traducción en Lenguas Indígenas u Originarias para situaciones de emergencia”, como servicio exclusivo a cargo del Ministerio de Cultura, a través de la Central de Interpretación y Traducción en Lenguas Indígenas u Originarias – CIT, para garantizar el derecho de toda persona a usar su lengua indígena u originaria en el ámbito público y, a su vez, a ser atendido en su lengua materna en los organismos o instancias estatales; así como para mejorar la calidad en el acceso y la prestación de los servicios públicos