Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional confirma resolución que desestimó pedido de variación de prisión preventiva del investigado Vladi

Nota de prensa
Sala Superior determina que no existen nuevos elementos para variar dicha medida.
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Alejandra Saavedra

9 de enero de 2026 - 4:11 p. m.

La Tercera Sala Penal de Apelaciones Nacional resolvió confirmar la decisión de primera instancia que declaró infundada la solicitud de variación de prisión preventiva por comparecencia con restricciones para el investigado Vladimir Roy Cerrón Rojas, en el proceso se sigue por la presunta comisión de los delitos de organización criminal y lavado de activos, en agravio del Estado.

Según la tesis fiscal, se habría constituido una organización criminal dentro del Partido Político Nacional Perú Libre, liderada por Vladimir Cerrón Rojas, cuyo plan delictivo consistía en fundar el partido con la finalidad de obtener poder político en el Gobierno Regional de Junín y en otras municipalidades, lo que habría permitido la colocación de personas de confianza en cargos estratégicos para ejecutar actividades criminales a través de suborganizaciones como “Los Dinámicos del Centro”.

Además, el dinero captado, proveniente de ilícitos penales, habría sido utilizado tanto para financiar campañas políticas como para adquirir bienes e incrementar de manera injustificada el patrimonio de los integrantes, durante los años 2008 al 2021.

El tribunal determinó que los elementos presentados por la defensa para sustentar la variación de la medida coercitiva no poseen la cualidad de “nuevos” ni cuentan con la entidad suficiente para desvirtuar la sospecha grave de responsabilidad que recae sobre el investigado.

En ese contexto, se precisó que el Informe Pericial Contable N.º 020-2021, así como la fiscalización efectuada por la SUNAT en el año 2020, no constituyen elementos novedosos, debido a que ya fueron valorados con anterioridad, tanto en la oposición a la prisión preventiva inicial como en anteriores solicitudes de variación.

Del mismo modo, respecto al Informe Técnico N.º D000204 - 2024 emitido por la Procuraduría, la Sala indicó que, si bien se trata de un documento reciente, carece de carácter concluyente, toda vez que no acredita un balance favorable al imputado; además, recordó que existen otros 108 elementos de convicción que mantienen vigente la sospecha fuerte en su contra.

Asimismo, la Sala desestimó el argumento referido a los sobreseimientos (archivamientos) obtenidos por Cerrón Rojas en otros procesos por lavado de activos tramitados en Huancayo, al precisar que dichos casos se sustentan en hechos y delitos fuente distintos a los analizados en el presente proceso.

En esa línea, se enfatizó que, a diferencia de los expedientes archivados, en esta investigación se cuenta con una pericia contable específica que otorga solidez a la imputación fiscal correspondiente al periodo comprendido entre los años 2008 y 2021.

Finalmente, la Sala Superior, presidida por el juez Víctor Enríquez Sumerinde, descartó la existencia de un vicio de motivación y concluyó que la resolución de primera instancia respondió de manera expresa, clara y debidamente fundamentada a todas las alegaciones presentadas.