Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional rechaza tutela de derechos de empresario Gonzalo Monteverde

Nota de prensa
Juez demostró un profundo conocimiento de la materia.
1

Alejandra Saavedra

4 de noviembre de 2025 - 4:35 p. m.

El Séptimo Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Corte Superior Nacional rechazó la solicitud de tutela de derechos presentada por el empresario Gonzalo Monteverde Bussalleu, quien buscaba la anulación de las pruebas obtenidas de los sistemas secretos de Odebrecht, Drousys y My Web Day B.

Monteverde, procesado por asociación ilícita para delinquir y otros delitos, argumentó que la falta de fiabilidad de las pruebas, previamente declarada por autoridades judiciales en Brasil, convertía a la evidencia en prueba prohibida. Por ello, solicitó su exclusión del proceso peruano bajo la doctrina del “fruto del árbol envenenado”.

Sin embargo, el magistrado Jorge Chávez Tamariz resolvió la controversia internacional sustentándose en la soberanía del proceso penal peruano y en la aplicación de dos excepciones fundamentales a la regla de exclusión de prueba.

La primera, la excepción de fuente independiente, señala que la investigación peruana no depende únicamente de la información proveniente de Brasil y que, cuando existen otras pruebas obtenidas de forma lícita y autónoma por las autoridades nacionales, estas se consideran independientes, evitando que la invalidez de la fuente brasileña afecte todo el caso.

La segunda, la excepción de buena fe, sostiene que los fiscales peruanos actuaron con diligencia y confiaron razonablemente en los mecanismos de asistencia judicial internacional.

Además, precisa que la regla de exclusión está diseñada para disuadir actos ilícitos deliberados del investigador, no para sancionar a las autoridades peruanas por errores posteriores de la justicia extranjera.

Finalmente, Chávez Tamariz enfatizó que la tutela de derechos constituye un mecanismo limitado en esta etapa y que la evaluación definitiva y completa del material probatorio, incluidas las excepciones a la exclusión, se realizará en la etapa intermedia del proceso penal.