Confirman condena de 30 años de prisión para violador sexual
Nota de prensaEl sentenciado aprovechando que la abuela de la agraviada había salido al hospital, ingresó por la huerta de la casa para violentar a una menor de 13 años. Actualmente, se encuentra no habido.


Fotos: Imagen Institucional
11 de julio de 2024 - 3:26 p. m.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones confirmó la sentencia de 30 años de pena efectiva a Gubler Fasabi Ricopa, como autor del delito de violación sexual de menor de edad, en agravio de una niña de 13 años.
Asimismo, dispuso se cursen los oficios correspondientes a la Policía Nacional para la ubicación y captura del sentenciado, el cual una vez capturado será internado en el Establecimiento Penitenciario de Pucallpa.
¿Qué pasó?
Siendo las 10 de la mañana del 9 de diciembre de 2018, la abuela de la agraviada regresó a su casa, ubicada en el jirón Wiracocha, Callería, tras asistir al hospital a donde había ido para realizarse un chequeo médico.
Extrañada de que su nieta no la recibiera como de costumbre, empezó a llamarla. Como nadie contestaba, se puso a buscar por toda la casa. Al llegar a su huerta, vio a su vecino Gubler Fasabi Ricopa entregándole algo a la menor, y este al percatarse de que fue descubierto trepó el muro y se dio a la fuga.
Según el Ministerio Público, del distrito fiscal de Ucayali, la abuela sospechando de que su vecino le habría hecho algo a su nieta le levantó el polo, y viendo que los pequeños pezones de la menor se encontraban rojos, le preguntó si Fasabi Ricopa le había hecho algo a lo que ella respondió que sí.
El 11 de noviembre, la abuela de la agraviada se acercó a las oficinas de la Depincri Ucayali para denunciar los hechos. Inmediatamente se dispuso que se le practicara a la menor un examen médico legal, cuyo resultado reveló que presentaba signos de desfloración himeneal antigua.
SABIAS QUE…
Según el artículo 173 (violación sexual de menor de edad), del Código Penal peruano, el que tiene acceso carnal por vía vaginal, anal o bucal o realiza otros actos análogos introduciendo objetos o partes del cuerpo por alguna de las dos vías, con menor de edad, será reprimido con las siguientes penas privativas de libertad:
1.- Si la víctima es menor de edad la pena será de cadena perpetua.
2.- Si la victima tiene entre 10 años de edad y menos de 14, la pena no será menor de 30 años, ni mayor de 35 años.
3.- Si la víctima tiene entre 14 años y menos de 18, la pena no será menos de 25 años, ni mayor de 30 años.
4.- Si el agente tuviese cualquier posición, cargo o vínculo familiar que le dé particular autoridad sobre la víctima o le impulse a depositar en él su confianza, la pena para los sucesos previstos en los incisos 2 y 3, será de cadena perpetua.