Dan medidas de protección a seis adolescentes que habrían sufrido violencia sexual en la ex aldea San Juan

Nota de prensa
Juzgado de Familia dispuso que el denunciado no se acerque o tenga comunicación con las menores ni con el centro de acogida, donde viven 44 adolescentes.
Néstor Meneses Huanio
Violencia sexual

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

20 de marzo de 2024 - 3:56 p. m.

eEl Juzgado de Familia de Yarinacocha, que despacha el juez Dr. Carlos Ballardo Japan, dictó medidas de protección a seis adolescentes del centro de acogida residencial Ikaro Xobo (ex aldea San Juan), luego que denunciaran actos de violencia sexual, presuntamente cometidos por Néstor Meneses Huanio, coordinador de dicho centro de acogida.

El 19 de marzo, personal de Ikaro Xobo y del Centro de Emergencia Mujer reportaron ante la Policía, agresiones sexuales en agravio de tres adolescentes de 16 años y tres adolescentes de 17 años, que señalaron como su agresor a Meneses Huanio. Ese día, la primera adolescente contó ante la psicóloga del centro de acogida que habría sido agredida sexualmente por su coordinador. Este hecho habría ocurrido en diciembre de 2023.

Por su parte, la segunda adolescente manifestó que el sábado 16 de marzo el denunciado le indicó que debía “sacarse la ropa completa”, para probarse la ropa que había traído para todas las chicas. Sorprendida, por el inusual pedido, ella no aceptó, por lo que Meneses Huanio le habría sujetado la cara con las dos manos con el fin de besarla. Después de poner resistencia, la adolescente se fue a su habitación.

En una diligencia del Centro de Emergencia Mujer, una tercera víctima se acercó a la abogada de una de sus compañeras para contar que el 18 de marzo 2024, a horas 18:30 aproximadamente, el coordinador se habría acercado a ella para tocarla “desde la altura del hombro hasta su cadera, quedándose varios minutos en esa posición.

Esta tercera víctima refirió además que, desde su ingreso como coordinador, el imputado “tenía actitudes como agarrarle la cara con ambas manos, hacerla probar ropa, pedir que, de una vuelta, tomarle fotografías con la prenda que le regalaba, rascarle la cabeza y hasta tocarle la espalda y glúteos sin su consentimiento”.

Decisión judicial


El magistrado impuso las medidas de protección a las seis adolescentes, porque consideró que pueden encontrarse en riesgo. Asimismo, dispuso que el denunciado no se acerque o tenga comunicación con las menores ni con el centro de acogida.

Cabe indicar que, la intervención del juez en este caso es de naturaleza protectora y no sancionadora, dejando la investigación penal al Ministerio Público, que puede solicitar acciones penales en función de la evidencia recopilada.

En el centro de acogida Ikaro Xobo viven 44 adolescentes, entre varones y mujeres, que se encuentran en la condición de desprotección familiar. En ella reciben educación, salud y recreación.

Ikaro Xobo es un término shipibo-konibo que significa Casa del Canto Sanador.

¿Qué son las medidas de protección?


En el sistema penal peruano, las medidas de protección son disposiciones judiciales que tienen como objetivo salvaguardar la integridad física, psicológica y emocional de las víctimas de delitos, así como prevenir la repetición de actos delictivos o la generación de situaciones de riesgo para las personas afectadas.

Estas medidas pueden ser dictadas en el marco de procesos penales o de otro tipo de procedimientos judiciales, y su aplicación está dirigida a personas que han sido víctimas de violencia, abuso, acoso, amenazas u otros delitos, así como a sus familiares o personas allegadas que puedan estar en situación de vulnerabilidad.