Sentencian por peculado a extrabajador municipal de Padre Abad

Nota de prensa
Solicitó encargos internos que superaron los S/ 33 000, en los 9 meses que estuvo laborando y no realizó su rendición de cuentas a tiempo. Ahora deberá pagar S/ 67 000 por reparación civil.
Dennis Guzmán Neira
Tercer Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

29 de enero de 2024 - 12:13 p. m.

Por apropiarse ilegalmente de los recursos del Estado, la jueza Dra. Ana Karina Bedoya Maque, del Tercer Juzgado Penal Unipersonal especializado en delitos de Corrupción de Funcionarios, sentenció a Dennis Guzmán Neira por el delito de peculado, en agravio de la Municipalidad Provincial de Padre Abad. Le impuso cuatro años de pena privativa de la libertad suspendida y el pago de una reparación civil de 67 700 soles.

Hechos denunciados


Según la Fiscalía Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios, en enero de 2014, el sentenciado fue contratado como técnico administrativo III del área de Almacén, dependiente de la subgerencia de Logística y Patrimonio, de la municipalidad de Padre Abad. Durante el tiempo que duró su contrato –hasta octubre de 2014-, solicitó se le asignen seis encargos valorizados en S/ 33 700, el cual no contó con informe previo de Logística y, además, no rindió a tiempo la ejecución de gastos.

Para el primer encargo (10 de abril de 2014) solicitó S/ 4 000; para el segundo (15 de mayo de 2014) el monto fue de S/ 5 500. Entre tanto, para el tercer encargo (9 de junio de 2014) solicitó S/ 10 000; el cuarto encargo (5 de julio de 2014) ascendió a S/ 4 000, el quinto (14 de agosto) fue de S/ 5 500 y el sexto fue de S/ 4 700. Todo el dinero se solicitó para cumplir con “gastos de compromisos asumidos por la institución”.

Estos encargos fueron otorgados mediante resoluciones administrativas firmadas por el entonces gerente de Administración y Finanzas, Javier R. Mamani San Juan, y Alex Rodríguez García, contraviniendo, según la denuncia, la Resolución Directorial N° 004-2009-EF/77.15. Dicha normativa establece que los encargos deben ser regulados por medio de una Resolución Directoral General de Administración, especificando detalles como el objeto, los conceptos de gasto, los montos y las condiciones de adquisiciones y contrataciones.

La denuncia señala que, a pesar de tener pendiente la rendición de cuentas de encargos anteriores, Guzmán Neira obtuvo nuevos encargos, lo cual, según la normativa, no debió ocurrido. Frente a la falta de rendición de cuentas, el entonces gerente municipal, Luis Huaranca Huallpa, emitió comunicados solicitando al exfuncionario el cumplimiento de sus responsabilidades (rendir cuentas). No obstante, la denuncia sostiene que el imputado hizo caso omiso a dichas solicitudes.

En mayo de 2015, Guzmán Neira presentó una rendición de cuentas por la suma total de S/ 33 700. Sin embargo, esta rendición no contaba con los informes previos del área de Logística y la conformidad de servicio correspondiente, incumpliendo normativas internas. Es así que se presenta una denuncia por la malversación de fondos y el incumplimiento de los procedimientos establecidos para la asignación y rendición de encargos internos (tareas, responsabilidades o proyectos asignados dentro de una municipalidad).


Decisión judicial


Como la jueza impuso una privativa de la libertad suspendida, el sentenciado tendrá que cumplir reglas de conducta, como el no ausentarse del lugar donde reside, sin autorización judicial; comparecer cada mes al juzgado para informar y justificar sus actividades; pagar la reparación civil y 180 días multa. Además, está impedido, hasta que cumpla con su condena, de obtener mandato, cargo, empleo o comisión de carácter público.

Delito


De acuerdo a lo establecido por el artículo 387° del Código Penal. "El funcionario o servidor público que se apropia o utiliza, en cualquier forma, para sí o para otro, caudales o efectos cuya percepción, administración o custodia le estén confiados por razón de su cargo, será reprimido con pena privativa de la libertad no menor de 2 ni mayor de 8 años".

Casos judicializados


Durante el 2022, la Corte Superior de Justicia de Ucayali judicializó 380 casos por el delito de peculado; esta cifra aumentó en 16 %, durante el año pasado, que se registraron 459 casos. En lo que va del año, se registran 26 expedientes por este mismo delito.