‘Los Batuteros de Teodoro Binder’: Jueza resuelve prisión preventiva para presuntos miembros

Nota de prensa
Según versión policial, fueron encontrados en el interior de una vivienda con decenas de ketes a su alrededor. En total se encontraron 752 envoltorios con sustancias con características a la pasta bás
Anderson Fidel Isuiza López y Alexis Ochavano Gonzales
Cuarto JIP

Fotos: Oficina de Imagen Institucional

Oficina de Imagen Institucional

25 de enero de 2024 - 7:54 p. m.

En el Penal de Pucallpa, mientras duren las investigaciones, pasarán Anderson Fidel Isuiza López y Alexis Ochavano Gonzales, denominados por la Policía como 'Los Batuteros de Teodoro Binder', luego de que la jueza Dra. Melina Díaz Acosta, del Cuarto Juzgado de Investigación Preparatoria, resolviera el pedido de prisión preventiva por nueve meses en su contra, en el proceso que se les sigue por el delito de tráfico ilícito de drogas.

Según los hechos señalados por el Ministerio Público, el 8 de enero de 2024, a las 03:20 horas, mientras efectivos del Área de Antidrogas (Areant) de Ucayali patrullaban por el asentamiento humano Teodoro Binder, de Yarinacocha, observaron a personas con características de consumidores de drogas acercándose a una vivienda y después de realizar un "pase" a través de una abertura en la pared de madera, se retiraban raudamente.

La Policía reconoció el inmueble, porque en anteriores oportunidades fue intervenida por el delito de tráfico ilícito de drogas. Al observar por una ranura de la pared, se identificó a dos individuos, Alexis Ochavano Gonzales y Anderson Fidel Isuiza López, sentados frente a la abertura con "ketes" a su alrededor.

Ante la presencia de las fuerzas del orden, los sospechosos intentaron huir, pero fueron interceptados. En el registro personal de Isuiza López se encontró una bolsa con 37 envoltorios que contenían una sustancia con características similares a la pasta básica de cocaína y S/ 11 en monedas. En el registro domiciliario se hallaron 715 envoltorios y S/ 85, así como una balanza gramera. Estos envoltorios también tenían características de sustancia ilícita.

En etapas posteriores, se realizó la diligencia de deslacrado, orientación, descarte y pesaje (acciones realizadas por las autoridades encargadas del manejo de evidencias) de la droga en el registro personal de Isuiza López, confirmando 10 gramos de pasta básica de cocaína. En los demás ketes encontrados en la vivienda se registraron 68 gramos. Las muestras incautadas fueron debidamente lacradas para su posterior análisis en el Laboratorio de Criminalística de la Policía Nacional del Perú en Lima.

Argumento de defensa

En relación con el imputado Anderson Isuiza, la defensa presentó documentos para evidenciar su arraigo familiar y domiciliario. Esto incluye el acta de matrimonio y la existencia de dos hijos. Además, se presentó el Documento Nacional de Identidad de sus hijos y un carné educativo que respalda su papel como tutor y apoderado de los niños, indicando que la familia reside principalmente en Tarapoto, aunque ocasionalmente viajen a Lima.

En cuanto al arraigo laboral, se evidenció recibos de pagos que muestran su actividad como conductor de motocarro en alquiler en Tarapoto. También se incluyó un recibo de una empresa que confirma sus viajes entre Tarapoto y Pucallpa.

La jueza reconoció la presentación de estos documentos como evidencia de arraigo, pero destacó que la gravedad de la pena por el delito que se le investiga, al ser significativamente superior a 5 años, podría influir en la capacidad del imputado para someterse a las reglas del proceso, por lo que se considera que el peligro de fuga está presente.

En el caso de Alexis Ochavano, la defensa presentó la ficha Reniec y la declaración de una cuñada que respalda su arraigo domiciliario en el caserío 07 de Junio. Pero su situación familiar y laboral es diferente, ya que es soltero y se dedica a la recolección de botellas de plástico. Aunque no tiene hijos, dijo que vivía con su madre. Lo presentado, a criterio de la magistrada, es insuficiente para que el imputado sea investigado en libertad.

Tras el análisis de las pruebas y declaraciones presentadas, la Dra. Melina Díaz consideró que la prisión preventiva es idónea, porque garantizará la presencia de los investigados durante el juzgamiento y previene posibles riesgos de fuga o entorpecimiento de la justicia.

Pena

El Perú sanciona el "favorecimiento al consumo ilegal de drogas tóxicas, mediante actos de tráfico", con una pena privativa de no menor de 8 ni mayor de 15 años, según el artículo 296 del Código Penal.