Alcaldesa de Yarinacocha seguirá siendo investigada por Administración Fraudulenta
Nota InformativaLas circunstancias que llevaron a esta resolución datan de noviembre de 2011, cuando Katherine Rodríguez Díaz asumía los cargos de secretaria general del sindicato

15 de diciembre de 2023 - 6:21 p. m.
La Segunda Sala Penal de la Corte de Ucayali, presidida por el Dr. Américo Torres Lozano, revocó la resolución que declaraba fundado el pedido de prescripción y sobreseimiento de la acción penal a favor de la alcaldesa de Yarinacocha, Katherin Melissa Rodríguez Díaz, investigada como presunta coautora del delito de administración fraudulenta, en agravio del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial de Ucayali. En su lugar, declaró infundada dicha solicitud.
Las circunstancias que llevaron a esta resolución datan de noviembre de 2011, cuando Rodríguez Díaz y José Antonio Delgado Inga asumieron los cargos de secretaria general y secretario de economía del sindicato. Durante su gestión, se les imputa haber hecho mal uso de los fondos del sindicato, omitiendo presentar informes económicos solicitados por los miembros. Ante las presuntas irregularidades, miembros de la junta directiva del sindicato renunciaron.
Al asumir recibieron de la directiva anterior S/ 11 796.70, según consta en el documento "Flujo de Caja Periodo 2011". Desde noviembre de 2011 hasta septiembre de 2014, los acusados recibieron aportes mensuales de los descuentos en la planilla de los trabajadores afiliados al sindicato. Estos descuentos sumaron S/ 29 684.97 en 2012, S/ 72 793.84 en 2013 y S/ 57 362.05 hasta septiembre de 2014.
Fiscalía alega que durante la gestión de Katherin Melissa Rodríguez Díaz y José Antonio Delgado Inga, los imputados no presentaron al consejo directivo y a la asamblea general el balance del movimiento económico y el arqueo económico semestral y anual del sindicato, a pesar de las reiteradas solicitudes de los miembros del sindicato. Ante estas supuestas irregularidades los miembros de la Junta Directiva del Sindicato, decidieron renunciar a sus cargos sin entregar los libros contables ni el estado de cuenta de los activos y pasivos de las aportaciones y donaciones.
El 1 de octubre de 2014, Mirtila Arancibia Mego, Felipa Maylle Ventura y Eva Yola Encio Suarez, en su condición de presidenta, secretaria y tesorera de la Comisión Transitoria del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial de Ucayali, interpusieron una denuncia penal contra los imputados.
Por su parte, la Sala argumenta que el delito imputado a la alcaldesa de Yarinacocha es la administración fraudulenta, con una pena máxima de cuatro años. Considerando la suspensión de la prescripción desde la formalización de la investigación en febrero de 2015, la acción penal prescribiría el 4 de septiembre de 2026. En consecuencia, dio continuidad al proceso penal.
Cabe destacar que el artículo 198 del Código Penal establece que la administración fraudulenta conlleva una pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y se refiere al uso en provecho propio del patrimonio de una persona jurídica.
Las circunstancias que llevaron a esta resolución datan de noviembre de 2011, cuando Rodríguez Díaz y José Antonio Delgado Inga asumieron los cargos de secretaria general y secretario de economía del sindicato. Durante su gestión, se les imputa haber hecho mal uso de los fondos del sindicato, omitiendo presentar informes económicos solicitados por los miembros. Ante las presuntas irregularidades, miembros de la junta directiva del sindicato renunciaron.
Al asumir recibieron de la directiva anterior S/ 11 796.70, según consta en el documento "Flujo de Caja Periodo 2011". Desde noviembre de 2011 hasta septiembre de 2014, los acusados recibieron aportes mensuales de los descuentos en la planilla de los trabajadores afiliados al sindicato. Estos descuentos sumaron S/ 29 684.97 en 2012, S/ 72 793.84 en 2013 y S/ 57 362.05 hasta septiembre de 2014.
Fiscalía alega que durante la gestión de Katherin Melissa Rodríguez Díaz y José Antonio Delgado Inga, los imputados no presentaron al consejo directivo y a la asamblea general el balance del movimiento económico y el arqueo económico semestral y anual del sindicato, a pesar de las reiteradas solicitudes de los miembros del sindicato. Ante estas supuestas irregularidades los miembros de la Junta Directiva del Sindicato, decidieron renunciar a sus cargos sin entregar los libros contables ni el estado de cuenta de los activos y pasivos de las aportaciones y donaciones.
El 1 de octubre de 2014, Mirtila Arancibia Mego, Felipa Maylle Ventura y Eva Yola Encio Suarez, en su condición de presidenta, secretaria y tesorera de la Comisión Transitoria del Sindicato de Trabajadores del Distrito Judicial de Ucayali, interpusieron una denuncia penal contra los imputados.
Por su parte, la Sala argumenta que el delito imputado a la alcaldesa de Yarinacocha es la administración fraudulenta, con una pena máxima de cuatro años. Considerando la suspensión de la prescripción desde la formalización de la investigación en febrero de 2015, la acción penal prescribiría el 4 de septiembre de 2026. En consecuencia, dio continuidad al proceso penal.
Cabe destacar que el artículo 198 del Código Penal establece que la administración fraudulenta conlleva una pena privativa de libertad no menor de uno ni mayor de cuatro años y se refiere al uso en provecho propio del patrimonio de una persona jurídica.