Callería: Confirman sentencia de ocho años de prisión efectiva por tráfico ilícito de drogas

Nota de prensa
Lindorfo Guevara Tananta

Oficina de Imagen Institucional

8 de enero de 2026 - 7:07 p. m.

La Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, integrada por los magistrados Robin Helbert Barreda Rojas, Jonatan Basagoitia Cárdenas y Jenner García Durán, confirmó la sentencia de ocho años de pena privativa de la libertad efectiva impuesta a Lindorfo Guevara Tananta, declarado culpable del delito de promoción al tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado.

Asimismo, el Colegiado ratificó la imposición de 180 días-multa, equivalentes a S/ 1125, así como cinco años de inhabilitación. En cuanto a la reparación civil, se fijó el monto de S/ 80000 a favor del Estado.

De igual forma, la Sala Superior ordenó la inmediata ubicación y captura del sentenciado por parte de la Policía Nacional del Perú, a fin de que sea internado en un establecimiento penitenciario de la ciudad de Pucallpa.

Hechos del caso

Los hechos materia del proceso se remontan al 12 de diciembre de 2015, cuando, como resultado de un operativo conjunto de interdicción al tráfico ilícito de drogas ejecutado por la Policía Nacional del Perú y el Ministerio Público, se intervino una zona rural de difícil acceso en las inmediaciones del caserío San Miguel de Callería, distrito de Callería, provincia de Coronel Portillo.

Durante la intervención, el representante del Ministerio Público informó que se hallaron laboratorios rústicos destinados a la elaboración de Pasta Básica de Cocaína (PBC), así como pozas de maceración y decantación, grandes cantidades de hoja de coca en proceso, detritus, insumos químicos fiscalizados y diversos implementos utilizados para la producción de droga.

En dicho contexto, Lindorfo Guevara Tananta fue intervenido junto a otras personas mientras realizaban labores de cosecha de hoja de coca, materia prima destinada a la elaboración de la sustancia ilícita.

Las diligencias posteriores y los informes periciales permitieron confirmar que los insumos, materiales y sustancias incautadas se encontraban directamente vinculados a la producción de Pasta Básica de Cocaína, quedando acreditada la responsabilidad penal del sentenciado por el delito de promoción al tráfico ilícito de drogas, en agravio del Estado.