Confirman cadena perpetua para integrantes de “Los injertos de Pucallpa” por crimen contra empresaria
Nota de prensaLa Primera Sala Penal de Apelaciones ratificó la máxima pena contra tres sentenciados por los delitos de robo agravado, marcaje, reglaje y banda criminal.

16 de diciembre de 2025 - 2:55 p. m.
La Primera Sala Penal de Apelaciones en Adición Liquidadora, integrado por los magistrados Robin Barreda Rojas (presidente y director de debates), Damian Rosas Torres y Jenner García Duran, confirmó la sentencia de cadena perpetua contra Frank Junior Tello Márquez, Shakerem Victoria Dávila Tuanama y Shirley Angelita Portocarrero Missly, al encontrarlos coautores de los delitos de robo agravado, marcaje, reglaje y banda criminal, cometidos en agravio de quien en vida fue la empresaria Milagros de Fátima Laurencio Celadita y su suegra, Yolanda Castillejos Aro. Asimismo, el Colegiado impuso 23 años y 4 meses de pena privativa de la libertad a Eduardo Junior Dávila Tuanama, como cómplice secundario del delito de robo agravado.
¿Qué pasó?
Según el representante del Ministerio Público, el 14 de enero de 2023, en horas de la mañana, Yolanda Castillejos Aro retiró la suma aproximada de S/31000 del Banco Continental, en la ciudad de Pucallpa, dinero producto de la venta de carbón. Tras salir de la entidad bancaria, se reunió con su nuera, Milagros de Fátima Laurencio Celadita, con quien abordó una camioneta para dirigirse a su centro de trabajo, ubicado en el km 12 de la carretera Federico Basadre.
Cuando el vehículo se desplazaba por el km 9 de dicha vía, conforme a la tesis fiscal, fue interceptado por dos sujetos armados a bordo de una motocicleta, quienes intentaron obligarlas a detenerse. Ante la negativa, los delincuentes efectuaron disparos contra el vehículo, hiriendo gravemente a Milagros Laurencio, quien conducía la camioneta. Posteriormente, los asaltantes lograron sustraer las carteras de ambas mujeres y se dieron a la fuga.
Milagros Laurencio fue trasladada de emergencia al Hospital Regional de Pucallpa; sin embargo, falleció a consecuencia de una herida de bala en el tórax. El mismo día se realizó el levantamiento del cadáver y las diligencias correspondientes.
Como resultado de las investigaciones policiales y el análisis de cámaras de seguridad, la Fiscalía señaló que se identificó a los presuntos integrantes de la banda criminal “Los Injertos de Pucallpa”, dedicada al marcaje y reglaje. Se determinó que los imputados realizaron el seguimiento previo a las víctimas y participaron directamente en el asalto armado que ocasionó la muerte de Milagros Laurencio.
Posteriormente, el Poder Judicial dictó detención preliminar contra los presuntos autores, lográndose la captura de algunos de ellos en operativos policiales realizados en febrero de 2023. El caso fue calificado como robo agravado con arma de fuego, marcaje, reglaje y banda criminal, en agravio de Milagros de Fátima Laurencio Celadita y Yolanda Castillejos Aro.
Fundamentos judiciales
Para el Colegiado Superior, la resolución de primera instancia se encuentra debida y coherentemente estructurada en la forma y fondo, no evidenciándose vulneración del derecho de la debida motivación de la resolución judicial (debido proceso) y a la tutela jurisdiccional efectiva, pues la sentencia cuestionada sí da cuenta con razones de hecho y derecho suficientes que sustentan el fallo estimatorio.
En cuanto a la materialidad del delito, la Primera Sala Penal de Apelaciones comparte el razonamiento efectuado por el Juzgado Penal Colegiado Transitorio, que concluyó que este aspecto se encuentra fehacientemente acreditado con los medios probatorios mencionados y analizados por este Colegiado Superior en los fundamentos precedentes. Asimismo, se ha acreditado de manera indubitable y con grado de certeza, la responsabilidad penal de los sentenciados.
¿Qué pasó?
Según el representante del Ministerio Público, el 14 de enero de 2023, en horas de la mañana, Yolanda Castillejos Aro retiró la suma aproximada de S/31000 del Banco Continental, en la ciudad de Pucallpa, dinero producto de la venta de carbón. Tras salir de la entidad bancaria, se reunió con su nuera, Milagros de Fátima Laurencio Celadita, con quien abordó una camioneta para dirigirse a su centro de trabajo, ubicado en el km 12 de la carretera Federico Basadre.
Cuando el vehículo se desplazaba por el km 9 de dicha vía, conforme a la tesis fiscal, fue interceptado por dos sujetos armados a bordo de una motocicleta, quienes intentaron obligarlas a detenerse. Ante la negativa, los delincuentes efectuaron disparos contra el vehículo, hiriendo gravemente a Milagros Laurencio, quien conducía la camioneta. Posteriormente, los asaltantes lograron sustraer las carteras de ambas mujeres y se dieron a la fuga.
Milagros Laurencio fue trasladada de emergencia al Hospital Regional de Pucallpa; sin embargo, falleció a consecuencia de una herida de bala en el tórax. El mismo día se realizó el levantamiento del cadáver y las diligencias correspondientes.
Como resultado de las investigaciones policiales y el análisis de cámaras de seguridad, la Fiscalía señaló que se identificó a los presuntos integrantes de la banda criminal “Los Injertos de Pucallpa”, dedicada al marcaje y reglaje. Se determinó que los imputados realizaron el seguimiento previo a las víctimas y participaron directamente en el asalto armado que ocasionó la muerte de Milagros Laurencio.
Posteriormente, el Poder Judicial dictó detención preliminar contra los presuntos autores, lográndose la captura de algunos de ellos en operativos policiales realizados en febrero de 2023. El caso fue calificado como robo agravado con arma de fuego, marcaje, reglaje y banda criminal, en agravio de Milagros de Fátima Laurencio Celadita y Yolanda Castillejos Aro.
Fundamentos judiciales
Para el Colegiado Superior, la resolución de primera instancia se encuentra debida y coherentemente estructurada en la forma y fondo, no evidenciándose vulneración del derecho de la debida motivación de la resolución judicial (debido proceso) y a la tutela jurisdiccional efectiva, pues la sentencia cuestionada sí da cuenta con razones de hecho y derecho suficientes que sustentan el fallo estimatorio.
En cuanto a la materialidad del delito, la Primera Sala Penal de Apelaciones comparte el razonamiento efectuado por el Juzgado Penal Colegiado Transitorio, que concluyó que este aspecto se encuentra fehacientemente acreditado con los medios probatorios mencionados y analizados por este Colegiado Superior en los fundamentos precedentes. Asimismo, se ha acreditado de manera indubitable y con grado de certeza, la responsabilidad penal de los sentenciados.