Manantay: Padre es condenado a 14 años por tocamientos indebidos a su propia hija
Nota de prensaLa Judicatura ordenó ubicación y captura para William Oliva Morillo para su internamiento a un establecimiento penitenciario.

28 de octubre de 2025 - 12:54 p. m.
La Segunda Sala Penal de Apelaciones en adición Liquidadora de la Corte Superior de Justicia de Ucayali, integrada por los magistrados Federik Randolp Rivera Berrospi, Marco Antonio Espíritu Matos y Damián Enrique Rosas Torres, confirmó la sentencia que impone 14 años de pena privativa de la libertad efectiva a William Oliva Morillo, por el delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos en agravio de su propia hija. La pena se computará desde el momento de su detención. Asimismo, se ordena el pago de S/3000 como reparación civil a favor de la víctima.
¿Qué pasó?
La menor víctima convivía con sus padres y sus hermanos en el Asentamiento Humano “La Purísima”, en el distrito de Manantay. Conforme la acusación fiscal, la mañana del viernes 19 de octubre de 2018, la madre de la víctima se dirigió a la cocina de la vivienda para preparar sus alimentos, mientras que uno de los menores se trasladó a otra habitación para ver televisión, dejando sola a la agraviada en su habitación. En ese momento, el investigado Oliva Morillo se acercó, la tomó por los pies y comenzó a tocarla en la zona vaginal, que estaba cubierta por el pantalón. Incluso frotó su dedo en dicha zona. La menor le manifestó que debía irse a lavar la boca para luego ir al colegio, a lo que el investigado le respondió que no se fuera. Ante esto, la menor optó por dirigirse a otro ambiente de la casa.
La Fiscalía señala que, ante los hechos descritos, la menor relató lo sucedido a la madre de una compañera de su salón, quien informó a la directora del colegio. Esta, a su vez, comunicó el caso a la dependencia policial el 22 de octubre de 2018, lo que dio inicio a la investigación. En la Sala de Entrevista Única, la menor manifestó que su padre la tocó en sus partes íntimas el 19 de octubre de 2018, indicando que estos hechos habrían comenzado cuando tenía nueve años.
Decisión judicial
Referente a la persistencia en la incriminación, este Colegiado considera que la menor agraviada, a pesar de su corta edad, hace referencias sustanciales de los tocamientos sufridos, describiendo donde ocurrió, de cómo se llevaron a cabo dichos actos y en qué momentos, lo cual incluso fue referido también en la evaluación psicológica.
El Colegio Superior comparte los argumentos de la sentencia recurrida, ya que los jueces de primera instancia valoraron adecuadamente las pruebas recabadas durante el juicio. Se ha establecido la responsabilidad penal de Willian Guevara Llerena, y la sentencia condenatoria es conforme a los parámetros legales en cuanto a la valoración probatoria, la fundamentación de la pena y la reparación civil.